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UAGA solicita al Juzgado de Alcañiz el levantamiento del secreto de las actuaciones en el caso de Igor El Ruso UAGA solicita al Juzgado de Alcañiz el levantamiento del secreto de las actuaciones en el caso de Igor El Ruso
Pablo Martínez (i.), abogado de UAGA, y José Manuel Penella, secretario general de la organización agraria, en los juzgados de Alcañiz. Archivo

UAGA solicita al Juzgado de Alcañiz el levantamiento del secreto de las actuaciones en el caso de Igor El Ruso

La organización agraria, personada como acusación popular, argumenta que mantenerlo les priva de conocer las diligencias que se realizan y actuar en consecuencia
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UAGA-COAG ha solicitado al Juzgado de Instrucción número 2 de Alcañiz el levantamiento del secreto en las actuaciones realizadas en las diligencias previas que se siguen por el triple asesinato de Andorra, atribuido a Norbert Feher, alias Igor El Ruso.

Según detalla el sindicato agrario en una nota de prensa, el motivo de dicha solicitud está en que ha transcurrido más de un mes desde que se decretó el secreto de las actuaciones, "sin que se alcance a comprender los motivos que justifican su mantenimiento en el tiempo".

El comunicado recuerda que la declaración de secreto de las actuaciones está prevista por la Ley cuando ello resulte necesario para evitar un riesgo grave para la vida, libertad o integridad física de otra persona, o para prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso.

El secreto para las partes personadas se justifica en la legislación para "evitar interferencias o acciones que pongan en riesgo el éxito de la investigación y la averiguación de la verdad de los hechos objeto de la causa, siendo evidente que en ciertas ocasiones es imprescindible tal declaración de reserva puesto que las actuaciones procesales llevadas a cabo por el Juez instructor, de conocerlas el imputado o posibles afectados, resultarían de todo punto estériles", añade UAGA.

Según argumenta la organización, el secreto de las actuaciones sumariales "ha de acordarse de manera restrictiva, al tratarse de una excepción al principio general de que las partes tienen derecho a conocer las actuaciones procesales y a intervenir en ellas". Si se les priva de ese derecho "debe hacerse mediante una resolución motivada", como exige la legislación. Esta motivación "servirá para conocer las razones que se utilizaron por el instructor para dictar la medida y por tanto para un control judicial por el órgano superior que pueda revisarla", apunta la nota.

UAGA reconoce que el secreto del sumario es una "medida necesaria en unas determinadas investigaciones criminales como único medio de alcanzar los objetivos de justicia que persigue el proceso penal", pero considera, por otra parte, que debe aplicarse restrictivamente puesto que "siempre, aunque sea formalmente, incide negativamente en el derecho de defensa, el que no será conculcado cuando el secreto se acuerda justificadamente y se ofrece la posibilidad real a la defensa y partes personadas de contradecir todas las pruebas que se practicaron durante el tiempo en que se prolongó la medida, no siendo en fin una resolución deseable, pero por su imprescindibilidad en supuestos de investigación de delitos cometidos por bandas organizadas u otros graves, es necesario acordarla".

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal,  la organización agraria solicita a la juez que levante el secreto de las actuaciones para poder tener conocimiento de las diligencias practicadas hasta la fecha.