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Publicadas las bases para las subvenciones de conservación de razas autóctonas

Ejemplar de rasa aragonesa

El departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón ha establecido las bases reguladoras para otorgar las subvenciones destinadas a las asociaciones ganaderas de razas autóctonas de la Comunidad

El departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón ha establecido las bases reguladoras para otorgar las subvenciones destinadas a las asociaciones ganaderas de razas autóctonas de la Comunidad, que se dedican a la conservación de ejemplares ovinos y bovinos.

Mediante una orden publicada, este viernes en el Boletín Oficial de Aragón, el departamento ha fijado los criterios para la adjudicación de estas subvenciones cuya actividad está recogida en el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. Así, las subvenciones están destinadas a asociaciones ganaderas, legalmente constituidas, de fomento de razas bovinas, como la parda de montaña y la pirenaica, y ovinas, como la rasa aragonesa y ojinegra de Teruel

Entre las actuaciones subvencionables, según recoge la orden, se encuentran la creación y el mantenimiento de libros genealógico, así como el desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza. En este sentido, se incluyen actividades destinadas a la conservación in situ de la raza, la creación y mantenimiento de bancos de germopasma en centros autorizados y las pruebas destinadas a determinar la calidad genética y el rendimiento del ganado.

Cabe apuntar que la subvención se denegará a aquellas actividades realizadas antes de la fecha de presentación de solicitud, aunque hay excepciones. Pueden admitirse, no obstante, los controles de nacimientos y las inscripciones y valoraciones morfológicas de los animales, así como las actividades que estén condicionadas por factores de orden fisiológico, siempre que no hayan finalizado, como las inseminaciones.

Para la adjudicación de subvenciones se valorará especialmente la disponibilidad de medios humanos y materiales adecuados para desarrollar las actuaciones relacionadas con el plan de conservación de la raza y con la comprobación y cuantificación de los resultados del mismo, y el número de explotaciones y de animales inscritos en el libro genealógico de la raza.

Además, figuran entre los criterios para la relevancia de la propuesta los intereses zootécnicos, productivos y sociales de la entidad solicitante, el grado previsto de difusión de la actividad, la distribución territorial y la calidad y cantidad de información que se prevé obtener.

Respecto a la cuantía de las subvenciones, se determinará directamente proporcional a la puntuación obtenida por cada asociación en los criterios de adjudicación. En cualquier caso, la subvención cubrirá el 70% del gasto elegible justificado por cada asociación.

Las subvenciones previstas en la orden cuentan con una financiación del 75% de los fondos Feader y un 25% del Gobierno de Aragón. Por su parte, la justificación del cumplimiento de la realización de la actividad subvencionada se documentará mediante cuenta justificativa del gasto realizado, consistente en una relación documentada que acredite los gastos realizados y sus correspondientes pagos

La presentación de las solicitudes para acceder a estas subvenciones se determinará a través de una próxima orden del departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, en la que también se fijará el plazo de inicio y fin de ejecución de la actividad subvencionable

Autor:Redacción / Teruel