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Alcañiz bonifica el IBI de urbana con 13.000 euros a familias numerosas Alcañiz bonifica el IBI de urbana con 13.000 euros a familias numerosas
Calle del casco viejo de Alcañiz

Alcañiz bonifica el IBI de urbana con 13.000 euros a familias numerosas

Hay 67 familias beneficiarias, la mayoría con el 70% del importe
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El Ayuntamiento de Alcañiz autorizó esta semana una bonificación de casi 13.000 euros en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para familias numerosas, según confirmó el consistorio. La resolución de Alcaldía se firmó este martes pasado, 15 de diciembre, y beneficia tanto a familias numerosas (más de tres hijos) como a familias denominadas ‘especiales’ (con más de cinco hijos).

A la mayor parte de los beneficiarios de estas ayudas se les ha bonificado el 70% de la cuota que tendrían que haber sufragado del IBI de naturaleza urbana, según indicaron fuentes del consistorio, mientras que a una parte de los solicitantes se les ha concedido hasta una reducción del impuesto en un 90%. Este último caso son las familias consideradas ‘especiales’, esto es, con cinco o más hijos. 

La devolución se hizo efectiva en las cuentas de los contribuyentes el pasado miércoles 16 de diciembre, según indicaron las mismas fuentes. El número de beneficiados por la bonificación es de 67 unidades familiares, mientras que el importe total que se les ha devuelto por los recibos del ejercicio 2020 asciende a  12.829,98 euros. 

El Ayuntamiento de Alcañiz informó de que las personas interesadas en solicitar dicha bonificación de IBI para familias numerosas el año que viene tendrán que hacerlo antes del día 28 de febrero de 2021, para que así se les aplique directamente la reducción en el recibo de ese año (en lugar del procedimiento seguido hasta la fecha de abonar primero la totalidad del impuesto y recibir después el importe bonificado). 

La solicitud, según fuentes municipales, podrá realizarse a través de la plataforma ciudadana de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://sede.alcaniz.es/) o presencialmente, con una instancia general y aportando como documentación el libro de familia numerosa y la ficha de terceros. Asimismo, también es una condición necesaria para optar a la reducción estar al corriente de pago con la hacienda municipal y que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el municipio.