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El Consejo Consultivo de Aragón no considera probado que Sifa fuera responsable del derrumbe de Pui Pinos en Alcañiz El Consejo Consultivo de Aragón no considera probado que Sifa fuera responsable del derrumbe de Pui Pinos en Alcañiz
Zona del deslizamiento de Pui Pinos

El Consejo Consultivo de Aragón no considera probado que Sifa fuera responsable del derrumbe de Pui Pinos en Alcañiz

Estima que faltan pruebas para inculpar solo a la empresa de mantenimiento de jardines y apunta a que pudieron existir “varias causas”
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El Consejo Consultivo de Aragón ha desestimado la resolución del Ayuntamiento de Alcañiz en la que se eximía de cualquier responsabilidad ante las reclamaciones patrimoniales presentadas por los vecinos afectados por el desprendimiento del cerro de Pui Pinos del 18 de abril de 2017. La propuesta municipal culpaba de los hechos a la empresa de mantenimiento de las zonas verdes -Servicios Integrales de Fincas de Aragón SL (SIFA), perteneciente al Grupo Sifu- pero en un dictamen de 33 páginas, el órgano autónomo entiende que el Ayuntamiento “no ha acreditado suficientemente que la contratista sea la responsable”.

La resolución municipal alegaba que el deslizamiento de la ladera oeste no se había producido por las grietas aparecidas en la parte superior del cerro en diciembre de 2016 -cuatro meses antes del derrumbe- y que los servicios técnicos del Ayuntamiento achacaron a un pino en inclinación. Igualmente, el informe municipal negaba la inestabilidad del cerro ni tampoco reconocía dejación de sus obligaciones en los meses anteriores a los hechos. Al contrario, la resolución remitida al Consejo autonómico para su aprobación afirmaba que el origen del desprendimiento estuvo en la apertura del sistema de riego de los jardines del cerro, en el momento en el que los operarios de Sifa purgaron las tuberías. Así las cosas, y al amparo de la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo, la intervención de un tercero exoneraba al Ayuntamiento de cualquier responsabilidad.

El expediente aportado durante el proceso de instrucción (con más de 2.600 folios) reconoce que en las semanas anteriores al derrumbe se vertieron en la zona 1.152 metros cúbicos (m3) de agua. Sin embargo, se acaba reconociendo que no hay pruebas de que los operarios de Sifa se dejasen las llaves de los sistemas de riego abiertas. A ello se refiere el dictamen del órgano autónomo cuando afirma que  “no queda acreditada” que ésta fuera la causa del deslizamiento parcial de la ladera aquella madrugada. “No existe una prueba determinante que motive suficientemente cuanto se propone”, insiste el escrito, en donde se señala que “la instrucción del procedimiento no ha logrado aclarar todos los extremos necesarios para afirmar con rotundidad cuanto se propone”. Es más, el dictamen critica que en la fase de instrucción existen actuaciones que “conducen a dudar de algunas de las manifestaciones que sirven de motivación a la propuesta de resolución”. Censura, por ejemplo, que la aseguradora Mapfre, actúe con una doble posición, por un lado como la representante del Ayuntamiento de Alcañiz y por otro en nombre de varios afectados por el siniestro.

Documentación incompleta

El dictamen también echa en falta la aportación de documentación necesaria para reforzar la “hipótesis” principal en la que se encuentra un culpable. En su exposición de motivos, los redactores del dictamen insisten en que el Ayuntamiento no ha aportado ni la póliza de responsabilidad patrimonial ni tampoco el informe de la ingeniería Intemac, cuyas conclusiones sirvieron a la aseguradora para rechazar la cobertura del siniestro. Al parecer, fue esta ingeniería la que consideró que la saturación del terreno desencadenó el deslizamiento aduciendo la presencia de agua procedente de una rotura de la tubería de riego. Es decir, “en un expediente de 2.610 folios no aparece el informe que sirve de base para derivar la responsabilidad del deslizamiento al responsable del mantenimiento, conservación y mejora de las zonas verdes y del arbolado viario de Alcañiz, que había iniciado su prestación en el mes de febrero de 2017 y ni siquiera había dado inicio a la campaña de riego de la zona en cuestión”, enfatiza el dictamen.

Otro asunto en el que se detiene el órgano consultivo es en el testimonio aportado por la técnico municipal de Medio Ambiente, que afirma desconocer las causas que produjeron el deslizamiento ni tampoco a qué podría obedecer que el consumo del agua de riego se hubiera disparado a 1.152 metros cúbicos cuando el agua estaba cortada” en los jardines. Asimismo, inciden en que la técnico asegura que el acceso a la caseta de riego no es exclusivo de la empresa concesionaria y que se puede realizar sin llave, es decir, se deduce de ahí que cualquiera podría haber accedido a la caseta y abrir las llaves de paso del agua de riego. 

Otras causas

El dictamen apunta a que podrían existir otras causas que provocaron los hechos. Además de la hipótesis principal (apertura de las llaves de riego cuando se purgaron las tuberías), que “no queda acreditada en la documentación”, el informe hace hincapié en la grieta que en diciembre de 2016 apareció en el paseo de Pui Pinos, cuando Sifa aún no se había hecho cargo del contrato de mantenimiento de parques y jardines (entonces bajo control de Atadi). Es por ello que el dictamen del Consejo afirma que “no es exagerado aventurar que el siniestro podía ser calificado de previsible”. 

Además, en el informe final se hace hincapié en que “los testimonios que figuran en el expediente acreditan que el Ayuntamiento de Alcañiz tenía conocimiento de los desprendimientos” que se producían en la ladera, y que en el escrito que el primer edil dirige a la aseguradora el dos de febrero de 2018 afirma “que son conocidas las filtraciones de agua existentes durante años en todas las laderas del cerro y que afloran, por ejemplo, en la zona del desprendimiento”. Así lo reflejan los redactores del documento en su argumentación: “tanto el señor alcalde, al referirse a si la causa principal del deslizamiento es la rotura de la red de riego, como la técnico de Medioambiente, al afirmar que desconoce la causa o causas responsables de los hechos ocurridos, están admitiendo la posibilidad de que sean varias las causas del deslizamiento parcial de la ladera, posibilidad o contingencia que no ha sido despejada en la instrucción del procedimiento”.

No actuar de parte

El organismo autónomo da también un tirón de orejas al Ayuntamiento por no haber “atendido la petición llevada a cabo por la empresa Sifa” de exponer su postura con suficientes garantías. “No resulta admisible que la contratista no haya podido alegar ni defender su posición sin que se le facilitaran todos los informes y elementos de juicio en los que la instrucción basa su propuesta de resolución, que la culpabiliza de los hechos”. En base a ello, dice el Consejo en su último artículo que “la Administración debe dirigir la instrucción a la determinación y verificación de los datos existentes y alegados, tanto si son beneficiosos como si le perjudican”, es decir, debe tener una “posición imparcial, no de parte” y que “lo que se tenga como verdad en el procedimiento sea lo más parecido a la realidad”, además de que la decisión que se adopte sea la más acertada, eficaz y adecuada a la Ley”, concluye.

Informe de la aseguradora

El alcalde de Alcañiz, Juan Carlos Gracia, manifestó su “respeto” por el dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, fechado el pasado 24 de septiembre, en el que se desestima la resolución del Ayuntamiento de Alcañiz. No obstante, reconoció que se ha realizado sin tener en cuenta “toda la documentación” del expediente. No en vano, falta el informe de las causas, “que es crucial” para dictaminar de acuerdo a toda la información”, señaló el alcalde, quien avanzó que el consistorio “reclamará a Mapfre el documento en el que se fijan las causas del siniestro”.

Según García, la documentación que ha quedado sin incorporar al expediente “es aclaratoria”, así que “vamos a solicitar ese informe a nuestra aseguradora y resolveremos con él en las manos. Después abriremos un plazo para que las personas que lo consideren oportuno presenten alegaciones, y finalmente se realizará una resolución definitiva”. En este sentido, el primer edil reconoció que “es importante que el Ayuntamiento pueda pronunciarse con la mayor objetividad posible”. 

El Ayuntamiento envió al Consejo consultivo toda la documentación disponible, entre la que no constaba la memoria de la ingeniería Intemac en la que achacaba el origen del siniestro a una pérdida de agua.  Aquel documento nunca llegó  a las oficinas de la plaza de España, cuando era fundamental para poder cerrar el expediente administrativo que sigue abierto En este sentido, el regidor reconoció que, en su opinión, “el Consejo Consultivo de Aragón ha emitido un dictamen, pero en base a una información que está incompleta”.

Con todo, actualmente existe un procedimiento judicial abierto que será el que deberá de determinar cuáles son las responsabilidades patrimoniales en relación a los hechos del 17 de abril de 2017.

Reclamación millonaria

La póliza contratada por el Ayuntamiento de Alcañiz no cubre los más de dos millones de euros de reclamación patrimonial de los vecinos. Así se pone de manifiesto en los documentos del expediente que reproduce el dictamen del Consejo Consultivo de Aragón. Entre ellos está la carta remitida por la aseguradora municipal en la que Mapfre señala que la cantidad máxima contratada en la póliza alcanza los 401.000 euros. 

En esta carta de febrero de 2018 (casi un año después del deslizamiento), la empresa aseguradora  apunta a que podrían existir “varias posibles causas de lo ocurrido” y señala que “una de ellas podría ser la rotura de una tubería de riego de titularidad municipal, motivo por el cual podría quedar directamente comprometida la responsabilidad de la empresa encargada de la concesión del mantenimiento de dicha red”. En ese sentido, puntualiza la empresa que “si finalmente del resultado de las investigaciones puestas en marcha quedara acreditado que el origen del siniestro se debe a la rotura de la red de distribución, la póliza contratada no garantizaría las consecuencias económicas que se deriven de los hechos”. No en vano, una de las cláusulas del contrato manifiesta que no quedan cubiertos “los daños producidos por roturas, filtraciones en la red de distribución de aguas, así como cualquier otro daños derivado de la actividad de distribución y suministro de agua”.