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Ratificada la multa de 150.000 euros a la farmacéutica de Palomar Ratificada la multa de 150.000 euros a la farmacéutica de Palomar
Imagen aérea del TSJA

Ratificada la multa de 150.000 euros a la farmacéutica de Palomar

El TSJA desestima el recurso por la distribución inversa
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha ratificado la multa de 150.000 euros que el Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón impuso a la farmacéutica de Palomar de Arroyos por distribución inversa de medicamentos, al considerarlo una infracción administrativa “muy grave”. 

Aunque la Audiencia Nacional archivó en 2017 por la vía penal el caso de la supuesta distribución inversa de medicamentos en el que había implicadas varias provincias españolas y cuya investigación judicial se inició en la provincia de Teruel, en lo referente a la farmacia de Palomar de Arroyos el asunto siguió adelante por la vía administrativa y la farmacéutica fue sancionada con una multa de 150.000 euros.

La multa la impuso el Departamento de Sanidad tras el expediente sancionador dictado por la Dirección General de Asistencia Sanitaria, que se tradujo en una orden a mediados de mayo de 2018 en la que se imponían 150.000 euros a la farmacéutica por un ilícito administrativo.

Esa orden fue recurrida por vía administrativa, que fue desestimada de nuevo por el Ejecutivo aragonés en septiembre de ese mismo año, tras lo cual la farmacéutica recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Aragón presentando un recurso contencioso administrativo.

La finalidad del recurso era anular la sanción al entender la recurrente que se habían modificado o añadido nuevos hechos a la resolución por la que se había iniciado el expediente sancionador, por la “clamorosa” falta de prueba de los hechos que se le atribuían a la sancionada, y por fundamentarse la sanción en una ley posterior a los hechos sancionados.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA ha desestimado en cambio ese recurso y ratificado de esta forma la orden que imponía la sanción de multa de 150.000 euros, si bien contra dicha resolución cabe recurso de casación.

En los fundamentos de derecho del fallo, hechos públicos por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, se desestiman los tres motivos que había alegado la farmacéutica y rechaza las alegaciones ratificando así la orden de la administración autonómica por la que fue sancionada.

En la resolución que dio lugar a la presentación del recurso se daba por probado que durante los años 2010 a junio de 2014, en la farmacia de Palomar de Arroyos se produjeron “unas diferencias importantes entre adquisiciones a almacenes y facturación al Salud de medicamentos de los que existen antecedentes han sido objeto de tráfico ilegal”. Señala en este sentido la resolución que la distribución inversa está reconocida por la jurisprudencia como “constitutiva de un ilícito administrativo”, y que quedó probado que entre esos años en dicha farmacia “hubo un desfase de 12.876 medicamentos entre los facturados al Salud y los comprados en almacenes farmacéuticos”.

La administración entiende probados esos hechos por la investigación realizada por el Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga de la Comandancia de la Guardia Civil de Teruel, y los informes emitidos por el jefe de Farmacia del Servicio Aragonés de Salud en varias fechas, así como un informe emitido en febrero de 2015 por el Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel.

Además, la resolución por la que se impuso la multa se fundamentaba en la legislación vigente, que considera una infracción administrativa “realizar, por parte de las oficinas de farmacia, actividades de distribución de medicamentos a otras oficinas de farmacia, almacenes mayoristas autorizados, u otras entidades, centros o personas físicas sin autorización para la actividad de distribución o bien la realización de envíos de medicamentos fuera del territorio nacional”.