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La Solicitud Conjunta de la PAC será cien por cien telemática en la campaña 2018/19 La Solicitud Conjunta de la PAC será cien por cien telemática en la campaña 2018/19
Trabajos agrícolas en una finca turolense

La Solicitud Conjunta de la PAC será cien por cien telemática en la campaña 2018/19

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El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles el decreto por el que se regula la tramitación electrónica de la Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común y otros procedimientos, y la habilitación de entidades para la tramitación electrónica de procedimientos en materia de desarrollo rural y sostenibilidad.

El extenso número de procedimientos que lleva aparejado la presentación de la Solicitud Conjunta, la amplia y variada tipología de ayudas que comprende y el ingente volumen de datos que han de manejarse, obligan a que, para una correcta gestión y agilización de los procedimientos administrativos, se deba seguir avanzando en la implantación de la tramitación telemática de la Solicitud Conjunta y de otros procedimientos. 

Desde la campaña 2010, el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad estableció la posibilidad de que los interesados pudieran presentar por si mismos, o a través de entidades previamente habilitadas para ello, la Solicitud Conjunta, sus modificaciones y las alegaciones al sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC) de forma electrónica a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la última campaña este modo de presentación ha estado cerca del 100% y ahora se dará un paso más, estableciendo la exigencia de que todas las fases de los citados procedimientos deban tramitarse electrónicamente. Los interesados seguirán disponiendo de una amplia red de entidades habilitadas, actualmente superior a cien, que han demostrado un alto grado de profesionalidad y eficiencia en el desarrollo y prestación de sus tareas al agricultor.

De esta forma, a partir de la campaña 2018/2019 está previsto, y conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que dicha tramitación será solo de manera telemática. 

Las solicitudes y el resto de actuaciones se presentaran por los propios interesados mediante su firma electrónica o bien por las entidades habilitadas a quienes confieran su representación.

Los modelos de solicitudes, comunicaciones o declaraciones estarán disponibles en la Oficina Virtual de Trámites alojada en la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón, que enlazará con la Plataforma de servicios de la Solicitud Conjunta.

El procedimiento se iniciará por la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de la orden que establezca las medidas para la presentación de la Solicitud Conjunta para el correspondiente ejercicio.