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Absueltos los autores de los tuits contra la Guardia Civil tras el triple crimen de Andorra al no ajustarse los hechos a la calificación penal Absueltos los autores de los tuits contra la Guardia Civil tras el triple crimen de Andorra al no ajustarse los hechos a la calificación penal
Una imagen del juicio celebrado en noviembre en Teruel

Absueltos los autores de los tuits contra la Guardia Civil tras el triple crimen de Andorra al no ajustarse los hechos a la calificación penal

La magistrada considera que "los hechos que se les imputan ciertamente existieron"
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La titular del Juzgado de lo Penal de Teruel ha absuelto a cuatro personas, tres mujeres y un hombre, que fueron acusadas de delitos de odio por publicar en las redes tuits jocosos y justificativos del asesinato de dos guardias civiles a manos del criminal serbio Norbert Feher, "Igor el ruso".

La magistrada absuelve a los acusados de los delitos de odio, contra la integridad moral, injurias graves a funcionarios públicos y a instituciones planteados por las distintas acusaciones al entender que aunque los hechos que les fueron imputados eran ciertos, "sin embargo, no es posible realizar una calificación de los mismos".

A este respecto, admite la juez que aunque se aprecia en los comentarios de los denunciados un "claro carácter ofensivo e injurioso", no reúnen los mismos los requisitos fundamentales para su tipificación como un delito penal.

En su relato de hechos probados, la magistrada asume que María P.S., vecina de Zuera de 20 años, publicó el tuit "matan a un nazi en Zaragoza y a dos guardias civiles en Teruel...si es que últimamente todo son buenas noticias en Aragón".

María Candelaria O.M., de 23 y vecina de Las Palmas de Gran Canaria, expresó en otro tuit su acuerdo con el comentario anterior y añadió injurias contra la memoria de ambas víctimas, mientras que Felipe S.P., vecino de Esplugues de Llobregat (Barcelona) de 41, publicaba otro con la frase "pues que hubieran estudiado, en vez de alistarse en un cuerpo militar de matón y ablandaabuelas".

La cuarta acusada, María Olga R.C, de 57 años y vecina de Mataró (Barcelona), se limitó a publicar en su tuit la palabra "karma" para referirse al asesinato de los dos guardias.

La magistrada se basa en varias sentencias del Tribunal Constitucional para advertir que aunque la carga vejatoria e insultante de los comentarios "no deja lugar a dudas", al mismo tiempo "no cabe cometer delito de injurias contra personas fallecidas ya que los derechos de la personalidad se extinguen con el fallecimiento".

En relación a los delitos imputados contra el honor y la integridad moral, destaca la sentencia que aunque los tuits "transmiten su alegría y dicha por el lamentable y triste suceso", de esta actitud, "sin duda dañina, no deriva una sensación de envilecimiento o de humillación, vejación e indignidad".

Considera, asimismo, que no cabe la imputación a los acusados de delitos de odio al no estar la Guardia Civil incluida entre los grupos protegidos por este tipo delictivo de discriminación por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión, condición sexual, enfermedad o discapacidad.

Respecto al delito de injurias graves, la magistrada relaciona sus razonamientos con el derecho penal y el derecho a la libertad de expresión y concluye que aunque en los comentarios de los acusados se aprecia "un claro carácter ofensivo e injurioso, el resultado adolece de la falta de gravedad necesaria para su tipificación".

Asegura que mientras tres los acusados en ningún momento se sirvieron de "calificativos gruesos" o de hechos no veraces, lo que resta gravedad a las expresiones vertidas, el cuarto se limitó a escribir la palabra karma", una expresión, subraya, "lacónica y escueta, susceptible de diferentes interpretaciones".