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Tres años de prisión por abusar sexualmente de una sobrina cuando tenía 10 y 11 años Tres años de prisión por abusar sexualmente de una sobrina cuando tenía 10 y 11 años
El acusado, junto a la traductora que le asistió en el juicio, cuando fue juzgado en la Audiencia Provincial de Teruel

Tres años de prisión por abusar sexualmente de una sobrina cuando tenía 10 y 11 años

La Audiencia Provincial le prohíbe acercarse a menos de 200 metros y a intentar comunicarse por cualquier medio
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La Audiencia Provincial ha condenado a un hombre a 3 años de prisión por haber abusado sexualmente de su sobrina en varias ocasiones cuanto esta tenía 10 y 11 años. Le impone además la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de ella y a intentar comunicarse por cualquier medio, pero le absuelve de los mismos delitos que las acusaciones le imputaron en el juicio cuando la menor tenía más de 13 años al no haber sido preguntada debidamente la víctima sobre estos hechos en la vista oral.

El acusado, cuyo nombre responde a las iniciales J.B.T.S. y es de origen caboverdiano, negó los hechos en el juicio y su abogado argumentó que en la vista no se habían fundamentado los delitos denunciados, que se remontan a hace diez años, aunque la víctima no los denunció hasta que alcanzó la mayoría de edad.

En la vista oral, celebrada en la Audiencia Provincial en junio de este año aunque la sentencia no se ha hecho pública hasta ahora, la Fiscalía pidió un total de 9 años de prisión para el acusado, mientras que la acusación particular solicitó 4.

Las acusaciones argumentaron en la vista que los abusos se cometieron entre los años 2010 y 2014, antes y después de que el tío de la víctima hiciese un viaje a Cabo Verde, del que son originarios, y tuvieron lugar en La Puebla de Híjar, donde vivían entonces. No obstante, la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial se circunscribe a los hechos ocurridos entre 2010 y 2011, antes de que el acusado viajase a Cabo Verde, y lo absuelve de los presuntos delitos del que le acusaban las acusaciones a partir de su regreso a España en 2013.

Por los primeros, la Audiencia condena al acusado a una pena de prisión de 3 años por un delito continuado de abusos sexuales respecto a los actos que cometió cuando la víctima contaba con menos de trece años. Además, le impone la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima y de comunicarse con ella por cualquier medio por el tiempo de cuatro años.

También le condena a indemnizar a su sobrina con 6.000 euros en concepto de responsabilidad civil.

En cuanto a delitos similares por el que le acusaban la fiscalía y la acusación particular cuando la víctima contaba con más de 13 años, la Audiencia le absuelve. Justifica el tribunal esta decisión con el argumento de que “no fue debidamente preguntada la víctima sobre estos hechos en el plenario, de forma que, al no haber sido traídos al juicio, la declaración de la víctima respecto a ellos no pudo ser sometida a la inmediación y contradicción necesarias para poder considerarla sobre estos hechos prueba de cargo bastante para desvirtuar la presunción de inocencia”.

La Audiencia justifica su fallo condenatorio porque la víctima declaró “de forma precisa, concreta, aportando detalles” de las circunstancias en que se produjeron los hechos delictivos con un relato “coherente y sin contradicciones, manteniendo el relato la necesaria conexión lógica entre sus distintas partes”.

En cambio, considera que el tío de la víctima dio en el juicio una versión “exculpatoria con la que pretendía atribuir las manifestaciones de la denunciante a una fabulación”, pero el tribunal “no pudo conocer su versión completa de los hechos al haberse acogido a su derecho a no contestar” a las preguntas de la Fiscalía y la acusación particular. 

La sentencia considera probado que durante el año 2010 y hasta el 15 de julio de 2011, el tío de la víctima abusó de ella, en el domicilio de su hermana, cuando la menor tenía 10 y 11 años. Argumenta el fallo condenatorio que el acusado aprovechó las situaciones en las que se quedaba solo con sus sobrinos en la casa familiar.

El tribunal da por probado tres hechos que acontecieron en ese tiempo y que relató la víctima en el juicio. El primero tuvo lugar cuando tenía diez años y su tío se sentó a su lado cuando ella veía la televisión, le levantó la ropa y le hizo tocamientos en sus partes íntimas.

En otra ocasión, los abusos se cometieron cuando la víctima estaba en la cama y la abordó su tío, despertando sobresaltada. La tercera vez el acusado también se metió en la cama de la niña y cometió los abusos sexuales contra la menor.