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Aragón permite un aforo del 50% para hostelería en áreas de servicio y polígonos Aragón permite un aforo del 50% para hostelería en áreas de servicio y polígonos
Área de Servicio Valle del Jiloca, en Teruel

Aragón permite un aforo del 50% para hostelería en áreas de servicio y polígonos

El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha emitido una orden
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El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha emitido una orden, publicada este martes en el Boletín Oficial de Aragón, por la que permite un aforo del 50 % en locales de hostelería ubicados en establecimientos de suministro de combustible o áreas de servicio en carretera, así como los situados en polígonos industriales.

Con esta medida se "modula" el nivel de alerta 3 en el que se encuentra la Comunidad desde este lunes, que prohíbe el consumo en el interior de los locales de hostelería, según informa el Gobierno de Aragón en un comunicado, en el que apunta que se pretende también asegurar el desarrollo de la actividad del sector de transporte de mercancías y de la industria y servicios.

Por tanto, el uso de estos establecimientos estará limitado a los transportistas profesionales de mercancías y a los trabajadores de los polígonos industriales.

La orden publicada este martes también regula la prestación del servicio de elaboración de comida por encargo permitiendo su recogida en el interior.

El tiempo de estancia en el interior será el "estrictamente indispensable" para la entrega y abono del encargo y el aforo máximo del establecimiento en esos casos será de un cliente o del 5 % del máximo autorizado.

De este modo, "una parte de los establecimientos de hostelería pueden mantener una actividad que puede desarrollarse con las garantías sanitarias adecuadas", asegura el Gobierno de Aragón.

La consejera de Sanidad, Sira Repollés, ha emitido además una instrucción a los órganos del Departamento de Sanidad en relación con los procedimientos sancionadores incoados como consecuencia de la necesidad de hacer frente a la crisis sanitaria que actualiza la anterior instrucción emitida.

Se incorporan así las sanciones por el incumplimiento de los confinamientos perimetrales y del toque de queda, que quedan estipuladas con una cuantía mínima de 300 euros.