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El Consejo Regulador de la DO Jamón de Teruel actualiza su reglamento El Consejo Regulador de la DO Jamón de Teruel actualiza su reglamento
Un experto analiza una partida de Jamón de Teruel

El Consejo Regulador de la DO Jamón de Teruel actualiza su reglamento

La modificación ampara la gestión de una IGP para la carne fresca de cerdo
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El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Jamón de Teruel/Paleta de Teruel ha actualizado su reglamento de funcionamiento con el objetivo de dar cabida a la gestión de una Indicación Geográfica Protegida (IGP) para la carne fresca si se consigue este nuevo marchamo. Además, la nueva normativa explicita las obligaciones que deben cumplir los inscritos. El presidente y gerente de la entidad, Ricardo Mosteo, añadió que también se van a renovar los estatutos, cuyo borrador ya presentó a los consejeros en el último pleno.

La modificación de la normativa, que fue publicada esta semana en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) afecta únicamente al reglamento, ya que el pliego de condiciones permanece invariable respecto al aprobado en noviembre de 2013.

Según Mosteo, las modificaciones del reglamento son “mínimas” y obedecen a la necesidad de actualizarlo, ya que el último aprobado data de 2009. 

Entre las novedades, destaca la introducción en el artículo 2, relativo a la naturaleza, composición, finalidad y régimen jurídico del Consejo Regulador, de un punto que establece que este organismo “podrá ser titular de marcas colectivas y marcas de garantía”. De este modo, el reglamento ampara la futura IGP para la carne fresca de cerdo de DO que se quiere conseguir.

“Aunque la Ley de calidad agroalimentaria, que es una normativa superior, nos permite la gestión de una IGP, no está de más que también esté reflejada esta posibilidad en nuestro reglamento”, comentó Mosteo.

La nueva normativa suprime el Comité de Partes como órgano encargado de velar por el buen funcionamiento del sistema de control, con la participación de todos los intereses implicados en relación con el contenido y funcionamiento del sistema de certificación, y que era nombrado por acuerdo del pleno del Consejo Regulador.

Por otro lado, mantiene que las cuotas impagadas podrán ser exigidas en vía de apremio, pero añade que las tarifas podrán serlo ante la jurisdicción civil ordinaria en los plazos que se establezcan en los estatutos.

El nuevo reglamento amplía sobre el papel las obligaciones generales que los inscritos deben cumplir. Así, mantiene que las personas naturales o jurídicas quedan obligadas al cumplimiento del pliego de condiciones, del reglamento y de los estatutos, además de los acuerdos que dicte el Consejo Regulador, así como a satisfacer las cuotas y tarifas que les correspondan. 

Pero añade, entre otros asuntos, que los operadores alimentarios tienen que colaborar en la realización de las visitas de seguimiento y control que realicen los servicios de inspección y certificación del Consejo y permitirles la toma de muestras de los productos o de las mercancías que producen, elaborar y almacenan. Asimismo, les obliga a colaborar en la realización de los procesos electorales para la renovación de los órganos de gobierno.

Próximamente, se aprobarán los nuevos estatutos con la misma intención de actualizarlos y de adecuarlos al nuevo reglamento. El borrador ya fue visto en el último pleno.