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El jurado declara culpable de homicidio doloso el hombre que mató a su novio en Alcañiz El jurado declara culpable de homicidio doloso el hombre que mató a su novio en Alcañiz
El acusado Jorge Joaquín M. M. llega a la Audiencia de Teruel custodiado por la Policía Nacional

El jurado declara culpable de homicidio doloso el hombre que mató a su novio en Alcañiz

El veredicto considera que tenía la intención de acabar con la vida de su pareja y las partes piden de 10 a 15 años
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Culpable de homicidio doloso. Ese fue el veredicto que pasadas las once de la noche del jueves emitió el jurado popular que durante esta semana ha juzgado al hombre que mató a su novio en Alcañiz en julio de 2020, primero estrangulándolo con un collar y después sumergiéndolo en una piscina hasta terminar de asfixiarlo. Los miembros del jurado consideraron que tuvo intención de acabar con la vida de su pareja, y las partes, una vez conocido el veredicto, pidieron penas de prisión que van de los 10 a los 15 años.

El Tribunal del Jurado, compuesto por 7 mujeres y 4 hombres -aunque dos no participaron en las deliberaciones por ser suplentes-, consideraron finalmente que el acusado, Jorge Joaquín M. M., tenía intención de matar a su pareja, en la línea de las conclusiones formuladas en la vista oral por la Fiscalía, frente a lo planteado por la defensa de que fue un homicidio imprudente, o un asesinato con alevosía según la calificación formulada por la acusación particular.

Además, el jurado popular reconoció las dos agravantes de parentesco y relación de superioridad del acusado sobre la víctima, así como la atenuante por haber obrado bajo los efectos del alcohol.

La lectura del veredicto no se produjo hasta las once de la noche, después de que la magistrada que ha presidido el juicio devolviera la primera acta que entregaron los integrantes del jurado por haber contradicciones en la misma.

Eran pasadas las ocho de la tarde cuando se avisó a las partes para que acudieran a la sala de vistas de la Audiencia, y tras revisar la magistrada el acta  en presencia de los abogados y el ministerio público, apercibió al jurado de que en el veredicto se incurría en contradicciones y se la devolvió. Tras retirarse unos minutos para revisarla y corregirla, volvieron a entregarla y se llevó desde la prisión al acusado para proceder a la lectura de la misma cuando eran ya las once de la noche.

El acta del veredicto que leyó la portavoz del jurado en audiencia pública considera al acusado, Jorge Joaquín M. M., culpable de un delito de homicidio puesto que “tenía la intención de acabar con la vida” de su novio.

Consciente de lo que hizo


Entre las pruebas para probarlo se remitieron a que según los informes aportados por los psiquiatras y psicólogos, el acusado “tenía pleno conocimiento psicológico de sus actos en el momento de los hechos”. Además, valoraron que quedaba demostrado tras la realización de la autopsia “que la presión ejercida por Jorge Joaquín con el collar en el cuello” de la víctima “fue extremadamente intensa, ocasionándole múltiples lesiones”, entre ellas “anoxia encefálica”.

Todo ello le ocasionó “una disminución notable del nivel de conciencia”.

Además, valoraron en su veredicto de culpabilidad que la presencia de lesiones en la víctima había quedado demostrada tanto por el informe del médico forense como de las fotografías aportadas por la autopsia, en el sentido de que la agresión “fue producida por detrás y en grado de superioridad (...), teniendo supremacía de la agresión Jorge Joaquín”.

El jurado consideró que el acusado “empleó unos medios, modos o formas para acabar con la vida” de su pareja “a pesar de los esfuerzos de la víctima por zafarse de su agresor, por su estado de intoxicación alcohólica y cannábica, que aparentemente mermó su capacidad de reacción”. Además, valoraron que “el estrangulamiento producido por Jorge Joaquín, teniendo pleno dominio (sobre la víctima), le había dejado muy debilitado”.

Por último, el jurado valoró que tras el resultado de la autopsia, la causa del fallecimiento fue por asfixia mixta por estrangulamiento y sumersión entre las 20 y 21 horas del día de los hechos, el 12 de julio de 2020, “por lo que el acusado aseguró la muerte” de su novio; y estimaron que no debe pedirse un indulto.

Tras leer el veredicto de culpabilidad, las partes adecuaron la solicitud de sus penas a las valoraciones hechas por el jurado popular. La Fiscalía pidió que se le impongan 13 años de prisión, al concurrir tanto agravantes como una atenuante, mientras que la acusación particular solicitó una pena de 15 años de cárcel, además de otros 15 de prohibición de acercarse o comunicarse con la familia de la víctima y los mismos años de libertad vigilada. La defensa por su parte pidió 10 años de prisión y todas las partes mantuvieron las responsabilidades civiles solicitadas en sus escritos previos.