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El jurado popular tiene el camino expedito para poder considerar a Feher culpable de asesinato El jurado popular tiene el camino expedito para poder considerar a Feher culpable de asesinato
Norbert Feher, conducido esta semana pasada a la sala de la Audiencia Provincial. Pool / Efe/ Antonio García

El jurado popular tiene el camino expedito para poder considerar a Feher culpable de asesinato

El acusado no ha mostrado arrepentimiento y las pruebas en su contra son contundentes
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El jurado popular que está juzgando a Norbert Feher por el triple crimen de Andorra, y que la próxima semana deberá emitir su veredicto, tiene el camino expedito para considerarlo culpable de asesinato y que se le condene a prisión permanente revisable. El acusado no ha mostrado esta semana el más mínimo gesto de arrepentimiento, y la práctica de la prueba ha sido contundente sobre la intencionalidad con la que cometió los crímenes. Actuó con alevosía y su móvil era quitarse de en medio a todo aquel que le estorbara para continuar su fuga. Él mismo lo transmitió así a los médicos forenses que hicieron el informe sobre su estado mental y que concluyeron que es imputable penalmente porque no padece ningún trastorno mental y sabe distinguir entre el bien y el mal, por más que su personalidad narcisista y antisocial lo conviertan en un psicópata primario muy violento.
El juicio por los crímenes de Andorra que cometió Feher en España tras haberse fugado de Italia después de cometer otros dos asesinatos entra la próxima semana en su recta final. La práctica de la prueba todavía no ha concluido y el lunes por la mañana se tomarán las últimas testificales con la declaración de cuatro personas. Después las partes presentarán sus informes finales tras las conclusiones iniciales que hicieron en su día y que alegaron al comienzo del juicio.
Al hacerlo podrán modificar lo que planteaban en un principio si valoran que durante la celebración de la vista se ha aportado algún elemento nuevo de prueba para variar la calificación de los delitos de Feher. En principio todas las acusaciones está previsto que eleven esas conclusiones a definitivas, es decir, que no las modifiquen. 
Respecto a la defensa es una incógnita porque todo dependerá de la estrategia por la que opte su abogado, aunque todo apunta a que mantendrá la petición de libre absolución con todos los pronunciamientos favorables. Su letrado, Juan Manuel Martín Calvente, argumenta que su representado actuó así porque creía erróneamente que iba a ser atacado.
En sus conclusiones provisionales, el abogado sostiene que esa conducta es consecuencia de unas vivencias bélicas por experiencias sufridas en el pasado en Serbia, el país natal del acusado. En la vista no se acreditaron esas vivencias, más allá de unas manifestaciones inconcretas de Feher de que durante su infancia conoció los bombardeos de la guerra y que de joven formó parte de un grupo paramilitar. Lo único que está probado es su largo historial delictivo desde muy joven y el rastro criminal que ha ido dejando a su paso por su carácter violento. Su defensa no aportó tampoco ninguna pericial que demostrase haber sufrido el llamado “síndrome de guerra”, un término obsoleto desde hace décadas, que podría equivaler hoy día con el estrés postraumático tras haber vivido episodios violentos en un conflicto bélico.
Los peritos forenses y las psicólogas que declararon por la acusación particular concluyeron que Feher no padece ese estrés postraumático, ya que es incompatible con su forma de ser puesto que quienes lo sufren huyen de las armas y sienten ansiedad ante situaciones como las que él vive. A preguntas de un letrado llegó a afirmar a través de su intérprete de italiano que la ansiedad es una enfermedad de los débiles, no de él.
La defensa plantea en sus conclusiones provisionales que pedirá, en caso de que los hechos se consideren constitutivos de delito, la eximente de legítima defensa por miedo insuperable, algo de lo que carece, según explicaron las psicólogas, debido a su personalidad narcisista, antisocial y violenta.
Una vez que todas las partes expongan sus conclusiones definitivas, el magistrado que preside la vista tendrá que confeccionar el formulario a partir del cual los miembros del jurado popular puedan dictaminar su veredicto. Además de la Fiscalía hay seis abogados personados como acusaciones, cuatro como acusaciones particulares de las familias y dos como acusaciones populares por la AUGC y UAGA, a los que hay que sumar la defensa.
En total son ocho las partes que deberán convencer a los miembros del jurado popular de la culpabilidad del acusado o de su inocencia en el caso de la defensa. El magistrado que preside el juicio indicó el viernes que la duración de los informes dependerá de lo que se extiendan las partes, aunque no permitirá que en el caso de las acusaciones se prolonguen más del tiempo que emplee el ministerio público. La defensa sí que dispondrá de más espacio para que haya un equilibrio, ya que tiene que defenderse ante siete acusaciones incluida la Fiscalía.
Es difícil por ese motivo que el lunes pueda entregarse el cuestionario con el objeto del veredicto a los miembros del jurado. En el mismo, elaborado por el magistrado con aportaciones de las partes, se formulan unas cuestiones para que pueda determinarse lo que ha quedado probado en la vista oral y los hechos favorables y desfavorables. Dependiendo de lo que se extiendan los letrados en sus informes, la entrega de ese documento para que pueda comenzar las deliberaciones el jurado popular sería el lunes a última hora, que parece poco probable, o ya al día siguiente martes. A partir de ese instante, los 9 miembros del jurado popular quedarían aislados para deliberar. Los dos suplentes aguardan fuera y no asisten a ese proceso salvo que alguno tenga que ser sustituido por algún motivo.
El plazo para emitir su veredicto es de 48 horas, si bien el magistrado presidente lo puede ampliar. En ese tiempo las nueve personas que integran el Tribunal del Jurado tendrán que determinar mediante votación la culpabilidad o no del acusado y los hechos favorables y desfavorables.
De lo que se trata es de determinar si Feher fue consciente y actuó con alevosía con la intención de matar, con lo cual sería autor de tres delitos de asesinato, dos de ellos en concurrencia con sendos delitos de atentado puesto que dos de las víctimas eran agentes de la autoridad. El acusado lo niega, puesto que afirma que su intención no era matar, en cuyo caso se estaría ante delitos de homicidio. 
Esa es la clave del juicio y lo que deberá resolver el jurado popular con su veredicto. A partir del mismo, el magistrado presidente impondrá la condena, que en caso de quedar probado el triple asesinato le supondrá una pena de prisión permanente revisable, la máxima recogida en el Código Penal y que será la primera que se imponga en la provincia de Teruel.
Además del triple asesinato, el veredicto deberá resolver si Feher es culpable de otros tres delitos de robo con violencia, dos de atentado, uno de pertenencia a organización criminal y otro por tenencia ilícita de armas, para los que las partes solicitan distintas penas de prisión aparte de la permanente revisable.

Conocer toda la verdad
El juicio es exclusivamente para determinar la responsabilidad penal de Feher por los hechos ocurridos la noche del 14 de diciembre de 2017 cuando mató al ganadero José Luis Iranzo y a los guardias civiles Víctor Romero y Víctor Caballero, pero durante su celebración no ha dejado de estar presente la búsqueda de la verdad que reclaman los familiares de las víctimas y los vecinos de la comarca, al entender que el dispositivo policial no fue adecuado ante la peligrosidad del autor de los crímenes, que nueve días antes de lo de Andorra había cometido dos intentos de homicidio en Albalate disparando a dos personas con munición italiana, lo que debería haber hecho sonar las alarmas.
En el juicio por el triple crimen las acusaciones han aportado pruebas más que suficientes, aunque eso lo deberá valorar el jurado, que indican que Feher actuó en conciencia, con pleno uso de sus facultades mentales, y con la intención de matar. Sus propias testificales contradictorias así lo confirman, pero es que en los informes médico forenses reveló el móvil, quitarse de en medio tanto al ganadero como a los dos guardias civiles para huir y que no lo delataran. Argumenta en su defensa que de haber querido matar les hubiese disparado a la cabeza, pero en cambio realizó tiros certeros a partes vitales del organismo para causarles la muerte.
Las pruebas de criminalística han sido también concluyentes. Actuó con alevosía, pillando por sorpresa a sus tres víctimas aprovechándose de la oscuridad. En su defensa ha dicho que oyó el sonido de cargar pistolas y que abrió fuego. Las periciales de criminalística han demostrado en cambio por los múltiples indicios encontrados en los escenarios de los crímenes, que a los guardias civiles les disparó por la espalda por sorpresa en medio de la oscuridad antes de que pudieran desenfundar, y que con Iranzo salió tras él al intentar huir para rematarle.
Sobre lo otro, conocer la verdad de lo ocurrido entre los días 5 y 14 de diciembre y por qué no se tomaron otras medidas para garantizar la seguridad de la gente, hay pendiente una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado. En la vista, sin ser motivo del juicio, quedó claro que la Policía Nacional era conocedora de que Feher podía estar en España porque le habían advertido las autoridades italianas. En cambio, nadie asoció lo que estaba pasando entre Albalate y Andorra con que el fugitivo huido de Italia fuese el que estaba actuando en Teruel; y eso a pesar del atípico tiroteo a dos personas ocurrido el día 5 con munición italiana que no se utiliza en España. Algo falló entre los servicios de información de los cuerpos de seguridad, pero eso es otra cuestión pendiente de esclarecer.