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Fin del estado de alarma: las multas por incumplir la orden de prevención irán de los 100 a los 600.000 euros Fin del estado de alarma: las multas por incumplir la orden de prevención irán de los 100 a los 600.000 euros
La orden que regula la nueva normalidad especifica que las terrazas de establecimientos hosteleros pueden abrir al 100%

Fin del estado de alarma: las multas por incumplir la orden de prevención irán de los 100 a los 600.000 euros

Se podrán cerrar establecimientos o suspender actos por riesgo de contagios
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Las sanciones por incumplir la orden del Departamento de Sanidad por la que se adoptan medidas de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia Covid-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón que entran hoy irán entre los 100 y los 600.000 euros. Asimismo, las autoridades podrán cerrar establecimientos o suspender actividades que puedan suponer un riesgo de contagio. La norma establece los aforos de los diferentes establecimientos y la obligatoriedad de mantener la distancia interpersonal o el uso de mascarillas entre la población.

La orden remite para las sanciones a la Ley General de Salud Pública y la Ley de Salud Pública de Aragón donde las infracciones leves conllevan multas de entre 100 y 3.000 euros; las graves estarán penalizadas entre 3.001 y 60.000 euros y las muy graves, de 60.001 a 600.000 euros.

La regla general en cuanto a aforos marca el 75% tanto para establecimientos y locales comerciales y centro comerciales, servicios profesionales abiertos al público, hoteles y alojamientos turísticos en sus espacios comunes, actividades de hostelería y restauración en el interior de los locales. También se podrá ocupar el 75% del aforo en equipamientos culturales, espectáculos públicos y otras actividades recreativas y equipamientos e instalaciones para las actividades y competiciones deportivas.

También podrá celebrarse con el mismo aforo encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y actos similares.

Mientras, en las terrazas al aire libre en establecimientos de hostelería y restauración para consumo en local se podrá ocupar el total autorizado, garantizando el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio. 

En los municipios de población inferior a mil habitantes el aforo es del 100% siempre con las correspondientes medidas de distanciamiento e higiene.

El aforo se reduce al 50% en los locales de ocio nocturno y también en las zonas destinadas a alojamiento de los albergues. No se permite la acampada en tiendas pero sí las colonias con pernoctación para niños a partir de 12 años y en grupos de 50.

 Cuando la aplicación de las reglas sobre aforos permita la asistencia de más de trescientas personas sentadas en lugares cerrados o de mil personas sentadas en instalaciones al aire libre se requerirá autorización previa de la Dirección General de Salud Pública. 

Las fiestas, verbenas, otros eventos populares y atracciones de feria estarán suspendidas hasta el 30 de septiembre.

La orden también regula las medidas de higiene y prevención en los centros de trabajo donde habrá que adoptar medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y la potenciación del uso del teletrabajo cuando sea posible.