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Juicio al acusado de matar a su novio en Alcañiz: el informe forense descarta que la asfixia fuese involuntaria por cómo se produjo Juicio al acusado de matar a su novio en Alcañiz: el informe forense descarta que la asfixia fuese involuntaria por cómo se produjo
El acusado en la sala de vistas junto a su abogado en el primer día del juicio. EFE/Antonio García

Juicio al acusado de matar a su novio en Alcañiz: el informe forense descarta que la asfixia fuese involuntaria por cómo se produjo

Las pruebas periciales muestran la intensidad con que el homicida estranguló y ahogó a su pareja
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La prueba pericial forense practicada en el juicio contra el hombre que mató a su novio en julio de 2020 en Alcañiz, descartó que la asfixia que acabó con su vida fuese involuntaria por la manera como se produjo. El informe presentado por los forenses detalló la intensidad y fuerza desproporcionada empleada por el homicida para estrangular con un collar a su novio, y ahogarlo después en la piscina. A ello se sumaron los informes de otros médicos y psicólogos que mostraron al acusado como una persona que no padece psicopatologías, sino una personalidad egocéntrica e histriónica, que es la que le llevó a obrar así siendo consciente de lo que hacía.

La tercera jornada del juicio con jurado popular que se celebra en la Audiencia Provincial por estos hechos dio por concluida la práctica de la prueba, y a partir de hoy comenzarán las deliberaciones una vez que las partes presentaran sus conclusiones definitivas, en las que solo el fiscal modificó a la baja la pena de prisión solicitada, de 22 a 15 años por homicidio con las agravantes de parentesco y abuso de superioridad, debido a un ajuste jurídico en su calificación; mientras que la acusación particular la mantuvo en 22 años y seis meses por asesinato, y la defensa en 4 años por homicidio imprudente.

Una vez practicada la prueba, la magistrada que preside el juicio entregará hoy por la mañana el denominado objeto del veredicto, un cuestionario que deben votar los miembros del jurado sobre los hechos favorables y desfavorables para el acusado, y con el que deberán dictaminar su veredicto.

El homicidio es evidente porque se cometió. Jorge Joaquín M. M. mató a su pareja, pero lo que tendrá que dilucidar el jurado popular con su veredicto es si fue un homicidio imprudente, como argumenta la defensa, o existió dolo, es decir, intención de matar. En este último caso la Fiscalía plantea un homicidio con dolo, mientras que la acusación particular en representación de los familiares del fallecido considera que se cometió un asesinato con alevosía, es decir, que no solo quiso matar sino que eliminó la posibilidad de defensa de la víctima.

Las dos acusaciones sostuvieron en sus conclusiones que el acusado empleó una fuerza desproporcionada en conseguir su objetivo de dar muerte a su novio siendo consciente de lo que hacía, y sin padecer ningún tipo de enfermedad mental ni encontrarse bajo los efectos del alcohol o las drogas, de acuerdo con lo establecido por los informes forenses.

La defensa en cambio sembró “dudas” entre los miembros del jurado y argumentó que había “vacíos probatorios” en lo que calificó de “pelea” entre la pareja, extremo que las acusaciones rechazaron por la cantidad de lesiones que presentaba el cadáver por todo el cuerpo, mientras que el acusado solo tenía algunos rasguños en las rodillas, que se habrían debido según esta parte a la postura que adoptó el agresor al estrangular por detrás a su pareja con un collar de cuero y abalorios metálicos.

Jorge Joaquín M. M. ha mantenido en todo momento no recordar lo que ocurrió porque había bebido y fumado porros ese día, si bien los agentes que lo detuvieron manifestaron que no mostraba signos de intoxicación etílica, y tampoco se le hizo un análisis de sangre como argumentó la defensa que debería habérsele realizado.

El único testigo directo fue el padre del acusado, que falleció con posterioridad a los hechos, además de estar ese día en la vivienda la madre, en un masico con piscina en los alrededores de  Alcañiz. El padre sí intervino en la reconstrucción judicial, que fue grabada por el juzgado de instrucción y que el miércoles se reprodujo en la sesión, pero cuyos testimonios no pueden ser válidos a la hora de que los miembros del jurado emitan su veredicto, porque al estar fallecido no pudo ratificarse en ellos en la vista oral como exige la ley del Tribunal del Jurado que debe hacerse. A pesar de ello, la defensa insistió en que se viese esa reconstrucción dos veces porque en la primera el audio no se oía bien.

Reconstrucción “dulcificada”

Las acusaciones pidieron a los jurados, no obstante, que no tuvieran en cuenta lo que decía el padre porque era una versión interesada y estaba “dulcificada”, al entrar en contradicción con las pruebas que se habían podido ver en el juicio. En cambio, la defensa les advirtidó de que las acusaciones “escogen la versión que mejor les viene para su relato de los hechos”.

Lo que resultó contundente fueron los informes periciales, desde los forenses que realizaron la autopsia del cadáver a los psiquiatras y psicólogos que hicieron las pruebas sobre imputabilidad y la capacidad de conocer y decidir del acusado.

El arma homicida fue un collar del encausado sobre el que durante la vista se sembraron dudas de quién lo llevaba ese día, pero sobre lo que los informes dejaron bien claro que en el momento de cometerse el homicidio lo utilizó el acusado a modo de lazo para estrangular por detrás a su novio.

Las cuentas metálicas del collar dejaron multitud de excoriaciones en la parte delantera del cuello y en sus laterales, no así en la parte posterior. Además, según los forenses, el resto del cuerpo de la víctima presentaba decenas de lesiones que justificaron por el intento de la misma de evadir la agresión moviendo brazos y manos.

Las excoriaciones del cuello coindicen morfológica y geométricamente con las cuentas del collar y se observan tres fases de tracción o estrangulamiento en ángulo ascendente. Tal fue la fuerza que aplicó que fracturó cartílagos de la tiroides y rotura de las arterias carótidas. Por la cantidad de lesiones que se aprecian en el cuello los forenses dijeron que el estrangulamiento no fue cuestión de unos pocos segundos “sino de varios minutos”.

Al aparecer agua en el estómago y el duodeno, los forenses concluyeron que tras el estrangulamiento, la asfixia de la víctima se culminó con la sumersión del cuerpo en la piscina. A preguntas del fiscal, los forenses concluyeron que era “imposible” que el estrangulamiento hubiese sido involuntario.

El resto de informes médicos descartaron que el acusado padeciera una enfermedad mental, ni tampoco un déficit intelectual, un deterioro cognitivo o una patología psiquiátrica que menoscabara su capacidad para comprender la ilicitud de sus actos. Y en caso de existir una intoxicación etílica, que no ha quedado acreditada, los facultativos dijeron que eso podría haber reducido el control de sus actos, pero en ningún caso anular su capacidad para distinguir entre el bien y el mal.

Las psicólogas incidieron en lo mismo y señalaron que la personalidad del acusado es de un “chico normal” con una personalidad “egocéntrica e histriónica”, con tendencia a la “manipulación para conseguir sus propios intereses”.

La acusación particular sostuvo en sus conclusiones finales que el acusado obró así al manifestarle la víctima que se quería ir a Valencia y que iba a abandonarlo, y la letrada incidió en que lo ocurrido ese día no fue una pelea como argumenta la defensa por la “enorme desigualdad física de fuerza y de medios entre ambos”.

Sin acreditar que el acusado estuviera en estado de embriaguez para obrar así

Una de las cuestiones que más se ha abordado en el juicio durante estos días es si el acusado estaba en estado de embriaguez para obrar como lo hizo para matar a su novio. Él ha asegurado que sí lo estaba, además de haber consumido cannabis, y que no recuerda nada de lo ocurrido, si bien los psicólogos advirtieron del carácter manipulador de su personalidad y de su tendencia a “omitir determinada información” y a tener una “memoria selectiva”.

Los agentes de la guardia civil no observaron que tuviera el habla pastosa o tuviera dificultades de movilidad, mientras que no se le hizo un análisis de sangre. En cambio, la víctima dio 2,21 gramos por litro de sangre, cantidad que multiplica por más de cuatro la tasa de alcoholemia permitida para conductores, lo que le restó capacidad para defenderse cuando fue agredido.

En las periciales se descartó que el acusado hubiera podido tener anulada por el consumo de alcohol su capacidad de discernir la realidad de lo que estaba pasando por la manera como actuó. Además, la Fiscalía incidió en el carácter violento del mismo por otras agresiones anteriores. En el derecho a la última palabra que tiene el acusado en un juicio, Jorge Joaquín M. M. pidió perdón a la familia y dijo que la mayor condena que podía caerle “no es la que me puedan poner aquí”, sino saber que iba a tener que vivir sin su novio y sus padres, al haber fallecido también ellos.