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La menor que se quitó la vida en el Viaducto de Teruel sufrió agresiones sexuales desde niña La menor que se quitó la vida en el Viaducto de Teruel sufrió agresiones sexuales desde niña
El acusado, a su llegada al Palacio de Justicia conducido por la Policía Nacional para la celebración del juicio

La menor que se quitó la vida en el Viaducto de Teruel sufrió agresiones sexuales desde niña

El hermanastro, juzgado en la Audiencia, asegura que le hizo “tocamientos” solo una vez
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La muchacha de 17 años que en junio del año pasado murió en el Viaducto tras arrojarse al vacío sufrió agresiones sexuales de forma continuada desde niña, posiblemente desde los 9 o 10 años, según se puso ayer de manifiesto en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial contra uno de sus hermanastros, Jorge Alonso G.P., para el que se piden doce años de prisión. El último abuso pudo haberse cometido entre 24 y 48 horas antes de su muerte, de acuerdo con la autopsia y los restos celulares hallados en la braga compatibles con el ADN del padrastro o alguno de sus hermanastros por la línea paterna. El acusado negó que la hubiese agredido sexualmente y solo reconoció que en una ocasión le hizo “tocamientos” porque iba bebido.

El caso quedó ayer visto para sentencia por la Audiencia Provincial de Teruel, después de que la Fiscalía y la acusación particular pidieran una condena de 12 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, además de libertad vigilada durante diez años una vez que salga de la cárcel, en donde se encuentra desde su detención poco tiempo después de que el cadáver de la menor fuese hallado a los pies del Viaducto tras haberse arrojado.

Lo que se juzgó ayer no fue la muerte de la menor, consecuencia de un suicidio, sino los abusos que presuntamente cometió el hermanastro a lo largo del tiempo. No obstante, en la vista las acusaciones apuntaron de forma clara la relación causa efecto, puesto que los propios padres fueron los que en la Comisaría de Teruel declararon que su hija se había arrojado por el Viaducto porque uno de sus hermanastros la agredió sexualmente.

La prueba testifical se basó prácticamente en el testimonio de los familiares y de alguna amiga de la víctima, cuyas declaraciones no fueron del todo concretas en el caso de los padres como reconoció el abogado de la acusación particular, quien dijo que contrastaban con otras practicadas a lo largo de la instrucción de la causa y que ponen de manifiesto que “sí hubo abusos sexuales” a lo largo del tiempo y “no solo un episodio” como manifiesta el acusado. Quien está personado como acusación particular es uno de los hermanos de la víctima.

La Fiscalía fue rotunda en su informe final sobre la existencia de esos abusos, porque lo avalaron de forma clara las periciales aportadas por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA), y porque el ADN hallado en la braga que llevaba la menor cuando fue encontrada muerta es compatible con la línea paterna; es decir, con el padrastro o uno de los cuatro hermanastros que descendían de él, ya que en total eran ocho hijos los que conformaban el núcleo familiar procedentes de distintas relaciones de pareja.

El ministerio público fundamentó la acusación sobre Jorge Alonso G.P. porque él mismo reconoció que le había hecho a su hermanastra tocamientos en la zona vaginal hace años, y porque en el entorno familiar, lo mismo que alguna amistad, era a quien señalaban. La propia víctima, un año antes cuando tuvo otro intento de suicidio, ya había señalado también que había sufrido abusos sexuales por parte de un hermano y que su madre era conocedora, según quedó recogido en el historial clínico.

En la vista quedó de manifiesto además que en otras dos ocasiones más se había autolesionado, y que en su historial clínico constaba que entre los 9 y los 14 años había padecido tres infecciones vaginales, lo que según los peritos hace sospechar que pudieran haber existido abusos sexuales, que no fueron detectados en su momento al haber sido tratada la menor por tres profesionales distintos.

A todo ello se suma la exploración anal y vaginal que se hizo al cadáver y que reveló a los forenses que tenían un aspecto “alejado de la normalidad para una muchacha de 17 años”, puesto que habían perdido su anatomía normal. Esto es compatible, según explicaron, con agresiones sexuales con penetración en la época de desarrollo de la víctima cuando era niña, “desde muy temprana edad y de manera reiterada”.

Además, en el historial clínico figuran consultas médicas por dolores abdominales, vómitos y mareos que podrían haber sido consecuencia de la somatización del estado de estrés que vivía la menor, en un ambiente familiar muy patriarcal y dominante como pudo verse ayer en la vista.

Esos abusos se produjeron hasta poco antes de que la menor se quitara la vida con 17 años, puesto que además de los restos celulares compatibles con los varones de la línea familiar paterna encontrados en una mancha que había en la braga de la víctima, también se observaron lesiones recientes anteriores a los traumatismos que sufrió al arrojarse desde el Viaducto.

Los forenses aclararon que no eran restos de esperma, pero sí celulares de un varón compatible con el ADN de la línea paterna, es decir, que solo puede ser de uno de ellos, consecuencia de un contacto íntimo sin eyaculación que se habría producido entre 24 y 48 horas antes de la muerte. En cuanto a las lesiones recientes que ratificarían esto, los forenses encontraron un arañazo en la parte interior del muslo derecho, un hematoma que pudo ser causado por una mordedura en el pliego del glúteo cerca de la zona vaginal y el ano, y un desgarro, compatibles con una agresión sexual.

La Fiscalía en su informe consideró probado el delito de agresión sexual continuada que habría sufrido la menor desde su infancia por las pruebas aportadas por la pericial forense y el historial clínico, así como por el reconocimiento del acusado de haberlo hecho, aunque solo admitiera que fue una vez y únicamente “tocamientos”, y por las declaraciones de los familiares reconociendo que la muchacha les dijo que había sufrido abusos de su hermanastro, o lo referido por ella misma al facultativo que la atendió cuando un año antes se autolesionó.

Para el ministerio público los restos de ADN son también determinantes, aunque las pruebas no pueden concretar si pertenecían al acusado, pero sí indican con rotundidad que son únicamente compatibles con el padre y los hermanastros de la línea paterna. Todo ello, precisó la fiscal, sin menoscabo de que desde 2010 pudiera haber habido otros abusos en el entorno familiar, y que de momento quedará como una “sospecha” porque no se ha acreditado nada, dijo.

El abogado de la acusación particular compartió los argumentos de la Fiscalía e incidió en que todos los familiares “apuntan hacia el acusado”, aunque testigos de estos hechos no hubo, solo lo que contó la menor y que era de conocimiento de todos. Llamó la atención en la vista que no se tomaran medidas en su día, así como la inconcreción de los padres cuando se les preguntó por qué no tomaron medidas contundentes en su momento. El magistrado presidente del tribunal tuvo que recordar incluso al ministerio público durante el interrogatorio a la madre que el acusado era el hermanastro.

La defensa pidió la libre absolución por entender que no se había demostrado que el acusado hubiese cometido el delito que se le imputaba, y pidió que en todo caso subsidiariamente se le condenara solo por los hechos reconocidos, los tocamientos que hizo en una ocasión a su hermanastra años atrás, y para los cuales el arco de pena de prisión se reduce entre 2 y 6 años.

Un caso jurídico complejo al no contar con el testimonio directo de la víctima

Jurídicamente el caso visto ayer en la Audiencia es complejo porque no se ha contado con el testimonio directo de la víctima, y porque la prueba más contundente apunta a un abanico más amplio dentro de la familia por el ADN hallado en la prenda interior de la menor.

Durante la vista, el acusado, cinco años mayor que la víctima, negó que hubiese abusado de su hermanastra. Solo reconoció que tuvo “un episodio con ella” un día que él estaba bebido a la edad de 18 años y le hizo “tocamientos” en la zona vaginal. Añadió que se dio cuenta de lo que estaba haciendo y se fue a la habitación. 

Negó que fuese él a quien se  pudiera referir su hermana cuando en junio de 2018, en otro intento de suicidio, la menor hubiese contado al facultativo que la atendió que había sido objeto de abusos sexuales por parte de un hermano. Negó también que hubiese sido él quien mantuvo un contacto íntimo con la víctima 24 o 48 horas antes de su muerte.

Durante las declaraciones de sus familiares, el acusado negó insistentemente moviendo la cabeza para rechazar las afirmaciones que hacían, y en su defensa su abogada se refirió a él como el “cabeza de turco”.

El padrastro de la víctima y padre del acusado emigró a España desde Perú en 2008 y dos años después llegó el resto de la familia. En total eran ocho hermanos de tres relaciones diferentes de los padres, y la víctima era la única mujer puesto que el resto son varones.