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La Plataforma de Afectados por las Hipotecas presenta alegaciones a las ordenanzas del albergue de Teruel La Plataforma de Afectados por las Hipotecas presenta alegaciones a las ordenanzas del albergue de Teruel

La Plataforma de Afectados por las Hipotecas presenta alegaciones a las ordenanzas del albergue de Teruel

La normativa regula el régimen interior y el servicio de atención a transeúntes
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La Plataforma de Afectados por las Hipotecas de Teruel(PAH Teruel) ha presentado una serie de alegaciones tanto a la ordenanza de régimen interior del albergue municipal de transeúntes del Ayuntamiento de Teruel, como la aprobación inicial de la ordenanza del servicio municipal de atención a transeúntes.

Con respecto a esta última consideran que en el criterio de empadronamiento habría que incluir que en el caso de que se considere necesario por parte de los Servicios Sociales del Ayuntamiento, y con el fin de mejorar la atención individualizada que se presta a los usuarios, se podrá facilitar su inscripción en el padrón municipal, tomando como referencia la dirección del albergue municipal.

En lo referente al transporte consideran que deberían ampliarse los motivos de la necesidad de desplazamiento a otra ciudad de los usuarios del servicio,  ampliándose a motivos administrativos, familiares y otros que previa su justificación ante los Servicios Sociales Municipales  se consideren necesarios. 

En el caso de los animales de compañía, apuntan que dado que en el albergue municipal está prohibida la entrada de animales habría que tener en cuenta esta circunstancia para facilitar su alojamiento en algún centro hotelero que lo permita.

 

Régimen interior

Para la ordenanza de régimen interior del albergue municipal la PAH solicita la ampliación del  periodo de estancia en el trimestre, a nueve días máximo, con periodos máximos de tres días seguidos cada vez. También apuntan que hay que facilitar el  traslado rápido de la situación personal del usuario a los Servicios Sociales municipales si así lo requiriese el usuario, para valorar su situación personal y posible acogimiento a medidas de inserción accediendo a todo tipo de información.

Piden asimismo flexibilidad en función de las especiales circunstancias que concurran en cada usuario facilitando la estancia siempre que haya plaza y no se perjudique a otros usuarios, rigiéndose como principio que ante la existencia de plazas libres nadie se quede en la calle y en especial cuando las condiciones meteorológicas así lo prevean. Asimismo, apuntan que la identificación de los usuarios podría hacerse con cualquier documento que de fe de su identidad, siendo suficiente el mismo para la adquisición del compromiso del buen uso de las instalaciones.