

Los usuarios de vehículos que quieran acceder al Centro ya pueden solicitar sus autorizaciones
La aplicación de la ordenanza comenzará en el mes de marzo pero el Ayuntamiento ofrece ya la posibilidad de realizar los trámites en el RegistroLa zona de prioridad peatonal en el Centro Histórico de Teruel será una realidad el próximo año y para que la ciudadanía se vaya preparando ya están disponibles en la página web del Ayuntamiento de Teruel la ordenanza, la documentación, las autorizaciones y toda la información necesaria para adaptarse a esta nueva realidad en la que estarán involucrados no solo los vecinos del casco antiguo, sino todos los turolenses que en un momento o en otro tengan que acceder al Centro en coche, además de turistas y visitantes.
La ordenanza de Prioridad Peatonal aprobada en el pleno del mes de septiembre tiene una moratoria de seis meses, por lo que entrará en vigor en marzo de 2026, según explicó el concejal delegado de Policía Local y Tráfico, Eduardo Suárez, que añadió que una vez que se ponga en funcionamiento habrá otro plazo de tres meses para adaptarse a la normativa, educar y sensibilizar sobre ella y durante este periodo no se sancionará.
Desde la Concejalía además se lanzará una campaña informativa pero desde esta semana ya se pueden hacer las solicitudes para las diferentes autorizaciones que serán necesarias para acceder al Centro Histórico, que está controlado por once cámaras que vigilan las entradas y salidas y una de ellas el flujo de tránsito.
Aunque todavía quedan unos meses para su entrada en vigor, Suárez animó a ir solicitando las autorizaciones en el registro del Ayuntamiento siguiendo las diferentes fórmulas establecidas para ello, tanto de forma telemática como presencial, y no esperar al último momento.
La ordenanza ha establecido nueve sectores de circulación, en función de las cámaras de acceso establecidas y para facilitar a los usuarios las entradas y salidas más próximas a sus destinos.
El sector 1 afecta a los usuarios que tenga su emplazamiento en las plazas Goya y Tremedal y en las calles Diputación, Huesca, la Parra, San Andrés y Portal de Valencia. En estos casos se recomienda que la entrada se realice por la plaza Goya y se salga por la calle Portal de Valencia.
El sector 2 se corresponde con la calle San Esteban. El acceso será por la plaza Goya y la salida por la calle Ambeles.
En el caso del sector 3 las entradas y salidas se realizarán por la plaza Domingo Gascón. Abarca también la calle Joaquín Costa (Tozal) y la calle Rincón.
El sector 4 afecta a los usuarios que tengan su emplazamiento en las calles Muñoz Degrain, Comadre, Aínsas, Clavel, Hartzenbusch y Tras el Mercado además de la plaza de la Judería. Las entradas podrán ser por la calle Abadía y Domingo Gascón y la salida por la calle Ambeles.
El sector 5 abarca la zona englobada en las plazas San Miguel, Marquesa y Bombardera y las calles San Miguel, Alcañiz, San Martín, Francisco Píquer, Santos Mártires, Santa Emerenciana, Santa María, Juan Pérez, Rubio, Comunidad, Ayora, Bombardera y Pomar. En este caso la entrada y salida serán por la calle San Miguel.
El sector 6 corresponde a las calles San Martín, Chantría, Andaquilla, Ripalda, Temprado, Amantes, Yagüe de Salas, El Salvador, Santiago y San Benito y a las plazas Francés de Aranda, Seminario, Catedral, Torico y Cristo Rey (Monjas). En estos casos se recomienda la entrada por la calle San Miguel y la salida por la de El Salvador.
El sector 7 afecta a la Zona con las calles Abadía, Valcaliente, la plaza Bolamar, la calle Judería, calle Caracol, plaza Bretón, calles Matías Abad, Bartolomé Esteban, Comandante Fortea, Ramón y Cajal y plaza Amantes. También, Laureado García Esteban, Padre Tomás Lozano, Tomás Nougués, la calle Santa Cristina, la plaza San Juan y la calle Barón. En estos casos se puede entrar po la calle Abadía y salir por la calle Ambeles o por Joaquín Arnau.
El sector 8 se focaliza en las calles Nueva, Amargura y Joaquín Arnau para entrar por la primera y salir por la última y el 9 solo afecta a los usuarios de garajes de la calle Ambeles, para que entren y salgan por esa calle.
Autorizaciones
El sistema de control de accesos y salidas al Centro Histórico se realiza mediante cámaras que captan las placas de matrícula de todos los vehículos que entran o salen de las zonas peatonales; permitiendo conocer, en todo momento, la hora en la que un vehículo accede o abandona una zona peatonal.
El acceso de vehículos a las zonas peatonales reguladas requerirá autorización municipal, previa solicitud cursada por los interesados y presentada en el Registro General del Ayuntamiento o por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel.
Necesitarán autorización los usuarios de garajes, tanto de uso particular como comercial, ubicados dentro de las zonas peatonales. También los residentes del Centro Histórico que no dispongan de plaza de garaje, así como los propietarios o arrendatarios de inmuebles en esa zona. Se permitirá con autorización el acceso a los titulares de tarjeta europea de estacionamiento para personas con movilidad reducida que no sean residentes, así como a las personas físicas o jurídicas responsables del traslado de personas con movilidad reducida por razones de edad o discapacidad.

Tendrán igualmente acceso con autorización los servicios públicos o privados de emergencia, asistencia o seguridad, así como los servicios municipales y los de otras Administraciones Públicas. Podrán circular los taxis, vehículos VTC y el transporte público urbano.
Se autorizará el paso a los clientes de establecimientos hoteleros y alojamientos, así como a los propietarios de negocios ubicados en el Centro Histórico y los proveedores de estos negocios. También a las empresas de reparto a domicilio, así como a las empresas de construcción que deban realizar trabajos en las áreas peatonales. También podrán autorizarse los usuarios de centros escolares, academias y centros de formación situados en zonas peatonales. Se contemplarán los casos de atención a urgencias debidamente acreditadas y el acceso de clientes de negocios que necesiten realizar carga y descarga de productos voluminosos o pesados. Finalmente, podrán considerarse otros casos justificados.
¿Qué vehículos se pueden autorizar?
Con carácter general, en el supuesto de personas residentes, se podrán autorizar todos aquellos vehículos propiedad de la persona titular, con derecho de uso o arrendataria de la vivienda o personas empadronadas en la misma. Para los no residentes, pero con vivienda en propiedad, arrendada o con derecho de uso en la zona peatonal, se podrán autorizar los vehículos que sean propiedad del titular o titulares de la vivienda.
El interesado deberá ser titular o usuario de los vehículos autorizados, lo cual deberá acreditar mediante la presentación del permiso de circulación del vehículo o contrato de arrendamiento financiero lising o renting, así como documentación acreditativa de la titularidad de la propiedad o del derecho de uso o de arrendamiento del inmueble.
Movilidad reducida
Las personas que tengan reconocida la movilidad reducida tendrán que presentar la tarjeta europea de estacionamiento y los encargados de su traslado una declaración responsable o documento que justifique los problemas de movilidad, necesidad o razón de edad, así como un documento que acredite ser titular o usuario de los vehículos autorizados.
Servicios públicos y negocios
En el caso de los servicios públicos de emergencia, asistencia o seguridad, presentarán una relación de las matrículas de los vehículos pertenecientes a la flota igual que los servicios municipales y de otras administraciones públicas, taxis, VTC y transporte público urbano. Los propietarios de negocios deberán presentar un documento que acredite ser usuario de los vehículos y relación con la empresa y otro que acredite la titularidad de la licencia de actividad.
Permisos para proveedores, centros educativos y huéspedes
Proveedores de negocios, clientes de establecimientos hosteleros, o usuarios de los centros escolares podrán acceder a la zona restringida por la nueva ordenanza de prioridad peatonal. También las empresas de construcción que estén realizando sus trabajos en el Centro, que deberán presentar la licencia o declaración responsable de obras, que justifiquen la necesidad de entrada de vehículos que deseen autorizar.
Para los usuarios de los centros escolares, los propios centros presentarán la relación de matrículas de los vehículos que trasladen escolares. En este caso se permitirá la entrada de vehículos previamente autorizados con el único fin de realizar transporte y recogida de escolares, y usuarios y clientes de academias y centros de formación y enseñanza o análogos, con un límite de tiempo máximo de 20 minutos, en el horario y periodo que dure la actividad del centro escolar, academia o centro de formación y enseñanza o análogos.
Los clientes de hoteles y otros establecimientos de hospedaje podrán acceder en cualquier horario a efectos de la carga y descarga de sus equipajes y de entrada o salida a los garajes privados de estos establecimientos. Los responsables de los establecimientos deberán comunicar, previamente a su acceso a la Policía Local, mediante correo electrónico, las matrículas de los vehículos y el número de reserva o de habitación a disposición del cliente para cuyo vehículo solicitan el acceso.
En el caso de que la indicada comunicación no pueda ser realizada previamente, porque el cliente se presenta sin haber realizado reserva previa, la comunicación por los responsables del establecimiento deberá hacerse de forma inmediata y en todo caso en un plazo máximo de 48 horas desde que se produjo la entrada al objeto de la no iniciación del procedimiento sancionador.