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Piden seis años de cárcel y 3,4 millones por posible fraude en dos subvenciones Reindus Piden seis años de cárcel y 3,4 millones por posible fraude en dos subvenciones Reindus
El administrador de Insucell y Bahía Piscícola declara en la vista celebrada en el juzgado de Instrucción número 2 de Teruel

Piden seis años de cárcel y 3,4 millones por posible fraude en dos subvenciones Reindus

La Abogacía del Estado considera que no se justificaron los gastos y la Fiscalía pide la absolución
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La Abogacía del Estado pidió este martes una condena de seis años de cárcel y una multa de más de 3,4 millones de euros para el empresario Antonio V. S. por un posible delito de fraude en subvenciones al considerar que no justificó debidamente las inversiones realizadas tras recibir sendos créditos por valor de 991.000 euros del programa de ayudas para la Reindustrialización y Fomento de la Competitividad Industrial (Reindus). El Ministerio Fiscal pidió la absolución porque considera que hubo voluntad de realizarlas, al igual que la defensa, que alegó que los informes posteriores del administrador concursal las consideró probadas.

Como administrador y acreedor, Antonio V. S. obtuvo un crédito para Insucell de 784.000 euros en 2014 para la construcción en Platea de una nueva planta para producir envases de poliestireno expandido (EPS) para pescado; y otro para Bahía Piscícola, de 207.000 euros en 2016 para una nueva línea innovadora de fabricación y serigrafía de envases en el polígono Malpica de Zaragoza.

La Abogacía del Estado solicitó tras la vista de este martes en el juzgado de Instrucción número 2 de Teruel, y en base al artículo 308 del Código Penal, una condena de 4 años de cárcel y 3 millones en el primer caso y de 2 años y 400.000 euros en el segundo al considerar acreditado el fraude porque, a su juicio, no se ha justificado la inversión y el objeto de la misma no está operativo. En el caso de que el delito fuera considerado como estafa, la cantidad a abonar por el empresario sería de 6.000 euros y se imputarían 3 millones de euros a las sociedades mercantiles, que fueron disueltas en 2018 tras sendos concursos de acreedores de carácter voluntario.

El empresario explicó que solicitó financiación del programa Reindus con el objetivo de centralizar en una planta ubicada en Platea la producción de envases de plástico para pescado destinados a Levante. Añadió que tuvo que paralizar las inversiones y declararse insolvente por los embargos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que le había imputado las deudas de Aragonesa de Plásticos Moldeados SA (Arplamosa), a la que había comprado la maquinaria, a pesar de que un juzgado de lo Mercantil determinó que no le correspondía ese adeudo.

A la pregunta del abogado del Estado sobre el motivo del traspaso de la subvención de Insucell a Bahía nada más recibirla, contestó que lo hizo para evitar precisamente su embargo por parte de la TGSS. En este caso, el juzgado de Instrucción número 7 de Zaragoza consideró que no hubo alzamiento de bienes.

El acusado insistió en que todas las operaciones fueron revisadas por el administrador concursal, y que el juez refrendó los autos. Por eso, Antonio V.S. consideró probada una inversión de 809.000 euros en la planta de Insucell en Teruel tras llevar a cabo la redacción del proyecto, la sectorización de las naves industriales, la instalación de la protección contra incendios y la adquisición de cuatro máquinas.

El ingeniero industrial de Tragsatec, que este martes declaró como testigo, realizó una inspección rutinaria para acreditar la inversión en marzo de 2017 y aseguró que comprobó que no se había ejecutado la obra civil y que la maquinaria de segunda mano estaba embalada.

La defensa alegó que, de acuerdo a la certificación final de obra para la planta de Insucell firmada por el director general de Industria, se había acreditado la inversión de 693.021 euros, el 66,23 % del presupuesto financiable del proyecto de Insucell, que ascendía a 1.046.000 euros; y 138.000 en Bahía, el 50 %.

Desde el Ministerio de Industria y por videoconferencia, una testigo aseguró que del informe económico previo se deduce que las empresas no habían aportado ninguna de la información requerida para justificar la inversión. “Nada era trazable”, dijo en relación a las facturas aportadas.

La Abogacía del Estado consideró que no aportó facturas posteriores al ingreso del préstamo para Platea y que las presentadas son previas y de Malpica.

Un inspector del grupo de blanqueo de capitales del Cuerpo Nacional de Policía aseguró que tampoco pudieron averiguar el destino de 609 cheques (643 según la defensa) de Insucell por valor de más de un millón de euros y 43 de Bahía por 209.000.

La perito judicial llamada por la defensa quiso aclarar que eran pagarés con destino a los acreedores y añadió que las inversiones realizadas están detalladas en el informe del administrador concursal que dio por bueno el juzgado de lo Mercantil y al que no se opuso ninguno de los acreedores, incluida la Agencia Tributaria.

Para pedir la absolución, el Ministerio Fiscal dijo que, cuando Tragsatec realizó la inspección no había vencido el plazo para justificar las subvenciones del Ministerio de Industria y que el empresario había mostrado su voluntad de poner en marcha el negocio para el que se la había dado el dinero.

La abogada de la defensa, entre tanto, lamentó que no se hubiera tenido en cuenta la presunción de inocencia de Antonio V. S., para el que pidió una sentencia absolutoria. así como la condena a costas a la acusación “por su temeridad y maldad”.