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Teruel Existe denuncia que el Decreto que elimina el filtro ambiental “destrozará el medio rural” Teruel Existe denuncia que el Decreto que elimina el filtro ambiental “destrozará el medio rural”
Varios molinos eólicos en Teruel

Teruel Existe denuncia que el Decreto que elimina el filtro ambiental “destrozará el medio rural”

La norma española es más permisiva que la europea, dice
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Teruel Existe denunció que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) consentirá la implantación de proyectos de energías renovables sin protección ambiental y con mucha mayor permisividad que la Unión Europea (UE). La formación acusó al Gobierno de legislar para “que se pueda destrozar todo el medio rural”, con un proceso exprés  que ha quedado recogido en el Decreto Ley de 27 de diciembre de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania.

Para Teruel Existe esta normativa es un “verdadero despropósito del Miteco, que está actuando en contra de los objetivos que lo definen. El Real Decreto Ley establece que cualquier proyecto eólico o fotovoltaico, por grande que sea y a menos que esté en Red Natura 2000 (ZEPAs y LICs), se podrá tramitar al margen de lo determinado por la Ley 21/2013 de Evaluación ambiental. En su lugar, los proyectos sólo se someterán a un “procedimiento de determinación de afecciones ambientales”, independientemente de si están ubicados en zonas de sensibilidad baja o alta, según la zonificación ambiental para la implantación de energías renovables, e independientemente de la longitud de su línea de evacuación de energía.

Para la formación turolense, “el Miteco retrocede en la protección ambiental al tiempo que, al eliminar la exposición e información pública, fulmina la transparencia y posibilidad de participación ciudadana y de consultas a los ayuntamientos y organismos, contrariamente a lo establecido por diversas directivas europeas”. En este sentido, hicieron hincapié en que, “a partir de ahora, cuando se presente un proyecto, ni la sociedad, ayuntamientos, empresas, ciudadanos, entre otros, podrán consultarlo antes de que se publique en el BOE la Autorización administrativa. Además, tampoco podrán presentarse alegaciones ni participar de ninguna manera en el procedimiento de determinación de afecciones ambientales”.

Menos restricciones

Esta nueva normativa es mucho más permisiva que la que hay en la UE, denunció el diputado Tomás Guitarte, quien lamentó que el Gobierno “esté yendo mucho más allá en las concesiones que hace a los promotores eólicos y fotovoltaicos de lo que exige la normativa comunitaria  en su proceso de aceleración”. Esto conllevará que la sociedad española verá restringidos sus derechos ambientales y sus ciudadanos “tendrán menos posibilidades de participación ciudadana que el resto de los europeos”. En este sentido, el parlamentario calificó como inciertos los argumentos que se esgrimen desde el Gobierno de España cuando se justifica esta nueva tramitación aludiendo a exigencias europeas.

Guitarte destacó que este  nuevo Real Decreto “es aún más restrictivo en derechos” que el de marzo de 2022 (RDL 6/2022), porque ahora eximen de evaluación ambiental a todos los proyectos establecidos fuera de la Red Natura 2000 o Parques Naturales, tengan la potencia que tengan, mientras que en el decreto de marzo limitaban esta exención a los proyectos eólicos de menos de 75 MW y a los proyectos fotovoltaicos de menos de 150 MW.

Por otra parte, con el nuevo Real decreto ley no hay evaluación de impacto ambiental ordinaria para ningún proyecto, aunque se encuentre en Zona de sensibilidad ambiental máxima, muy alta, alta o moderada, mientras que, anteriormente se exigía la evaluación de impacto ambiental ordinaria para los proyectos que no estuvieran ubicados íntegramente en zonas de sensibilidad baja según la zonificación ambiental para la implantación de energías renovables.

Lineas sí, parques no

Por último, señalaron que si el Decreto de marzo exigía la evaluación de impacto ambiental ordinaria a los proyectos de energías renovables cuando la línea de evacuación de la central eléctrica tuviera una longitud superior a 15 km, con el nuevo Decreto se exime de evaluación ambiental a los parques eólicos y plantas fotovoltaicas y es únicamente la línea la que debe someterse a evaluación ambiental si tiene más de 220 KV y más de 15 km de longitud.