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Un año de prisión por apropiarse de 32.500 euros de un familiar anciano Un año de prisión por apropiarse de 32.500 euros de un familiar anciano
Palacio de Justicia de Teruel, sede de la Audiencia Provincial donde se vio el juicio por apropiación indebida

Un año de prisión por apropiarse de 32.500 euros de un familiar anciano

La sentencia señala que el acusado hizo 114 extracciones en cinco meses
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La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a un hombre a un año de prisión por un delito de apropiación indebida, al haber extraído para quedarse más de 30.000 euros de la cuenta bancaria de un familiar suyo anciano en los meses previos a su fallecimiento. El acusado estaba autorizado para poder sacar dinero de la cuenta donde extrajo las cantidades cuando así se lo requería su tío, que estaba en una residencia, pero la sentencia considera probado que hizo numerosas extracciones con la libreta en un cajero de Teruel (hasta 114 en cinco meses, además de otras en Valencia) para su beneficio propio, perjudicando así a los herederos del anciano, que fueron los que le denunciaron y a los que deberá indemnizar ahora con 32.500 euros.

La sentencia, que hizo pública el Tribunal Superior de Justicia de Aragón después de que el juicio se celebrara en octubre del año pasado, considera al acusado, D. D. M., como autor de un delito de apropiación indebida y le impone una pena de prisión de doce meses. Esa era la pena privativa de libertad que solicitaba la Fiscalía, si bien la acusación particular, representada por dos sobrinos del anciano que son los herederos y viven en Valencia, pedía seis años de prisión.

El fallo impone también al acusado la obligación de satisfacer en concepto de responsabilidad civil a los dos sobrinos, como herederos legales del anciano, con la cantidad de 32.500 euros, más intereses. La sentencia aclara que las cantidades de las que se habría apropiado indebidamente el acusado ascienden a 35.500 euros, si bien devolvió a los perjudicados 3.000 euros tras el fallecimiento del tío, cantidad que resta del total a la hora de fijar la indemnización. El tribunal establece que la sentencia puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

El acusado, que es también sobrino del anciano pero no heredero, reside en Teruel y era la persona autorizada en la cuenta bancaria que tenía su tío con la finalidad de poder hacer las gestiones que le encomendara dada su edad, puesto que tenía 102 años y estaba internado en una residencia de mayores.

El fallo considera probado que D. D. M., al estar autorizado, podía disponer de los fondos de la cuenta “conforme su tío le diera concretas instrucciones”, pero lo que hizo fue extraer cantidades para su propio beneficio de forma continua desde julio de 2020, poco antes de fallecer el anciano.

Herederos

En la cuenta del tío había 56.406,95 euros en noviembre de 2019 y el testamento que había hecho desde mediados de 2012 establecía como herederos a partes iguales a los dos sobrinos que residen en Valencia, “circunstancia de la que era conocedor el acusado”, precisa el tribunal.

A pesar de ello, D. D. M. comenzó a hacer extracciones de 200 euros todos los días laborables, en algunas ocasiones varias veces, “sin consentimiento ni conocimiento del titular de la cuenta bancaria y con ánimo de hacer suyo el dinero”.

Lo hacía acudiendo a la sucursal bancaria de la entidad donde tenía su cuenta el tío en la avenida Sagunto, y que estaba al lado de su puesto de trabajo, cuando iba a por cambios de billetes a monedas. Lo hizo así hasta cuatro días después del fallecimiento del anciano, que tuvo lugar el 26 de noviembre de ese 2020.

El acusado entraba en la sucursal y realizaba una o varias extracciones en el cajero automático de la cuenta en su condición de autorizado, usando para ello la libreta de la que disponía. A continuación, según detalla la sentencia, entregaba a la cajera de la entidad una cantidad superior de la extraída, que bien portaba en efectivo o que sacaba de otra cuenta de una hermana de la que también figuraba como autorizado para realizar los cambios a moneda pequeña.

El tribunal considera que lo hacía así porque de esa manera “no levantaba sospechas de las constantes sumas que estaba extrayendo de la cartilla de su tío”. De esa forma realizó 114 extracciones en el cajero de la entidad de la avenida Sagunto que estaba junto a su trabajo entre el 7 de julio y el 30 de noviembre de 2020.

De esa forma extrajo 22.500 euros “que hizo suyos”, indica la sentencia, además de apropiarse de otros 13.000 euros que en ese mismo tiempo extrajo acudiendo a las cajas de varias sucursales de la misma entidad. El fallo judicial precisa que de esa cantidad, 10.000 euros los extrajo en sucursales de Valencia, y se refiere en concreto a tres extracciones en días consecutivos a finales de julio en tres oficinas diferentes de la entidad bancaria, sacando cada vez 500 euros.

El tribunal llega a la conclusión de que lo hizo así para “no levantar sospechas ante los empleados de Teruel”, por ser una persona conocida en la ciudad, y argumenta que no tiene sentido que buscara otras sucursales en las que no le conociesen, además de dejar un tiempo prudencial para las extracciones, “si realmente hubiera sacado el dinero por indicaciones de su tío”.

El acusado negó en el juicio haber utilizado el cajero automático para sacar dinero de la cuenta bancaria y aseguró que cuando lo hizo en efectivo tanto en Teruel como en Valencia justificó que lo hacía por encargo de su tío para entregárselo luego. El tribunal considera que dicha afirmación “no concuerda con la prueba practicada” y en la sentencia se constata que era conocedor de que ese dinero lo iban a heredar otras personas, como puso de manifiesto en el juicio, donde mostró “cierto resentimiento” al apuntar que los herederos “ni siquiera venían a verlo a la residencia y no le hacían caso, siendo él quien se ocupaba de su tío”.