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Los trabajadores del servicio de recogida de basura del Jiloca denuncian los servicios mínimos marcados por la Comarca Los trabajadores del servicio de recogida de basura del Jiloca denuncian los servicios mínimos marcados por la Comarca
El letrado de FCC, a la izquierda, y el de los trabajadores conversan antes de entrar en la sala de vistas. JLR

Los trabajadores del servicio de recogida de basura del Jiloca denuncian los servicios mínimos marcados por la Comarca

Alegan que se supera el 70% comunicado por la empresa FCC
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José Luis Rubio

Mientras las partes esperan a que el Juzgado de los Social determine si es competente o no para atender la demanda de los trabajadores del Servicio de Recogida de Basuras de la Comarca del Jiloca sobre si los servicios mínimos establecidos para la huelga indefinida que arrancó hace una semana son proporcionados o no, ninguna de las dos partes se mueve de sus posiciones de salida.

Este martes arrancó el juicio por la demanda interpuesta por los trabajadores denunciando que los servicios mínimos establecidos del 70 por ciento hasta el 3 de septiembre resultan abusivos, mientras que la empresa concesionaria, FCC Medio Ambiente, pidió la declinación del procedimiento para que se derivase a la Sala de lo Contencioso Administrativo, al entender que se trata de un conflicto entre los empleados subrogados de la anterior concesionaria y la propia Comarca del Jiloca, que es la que, en una resolución de Presidencia del pasado 11 de agosto, establecía los servicios mínimos en un 70 por ciento hasta el 3 de septiembre y en un 50 a partir de esa fecha.

Entre tanto, empresa y trabajadores intercambiaron mensajes. Mientras que FCC insistía en la desconvocatoria de la huelga como punto de partida para una negociación sobre las condiciones de la plantilla, los trabajadores, a través de su abogado, llegaron a admitir que si en una primera reunión pudieran apreciar signos “de buena fe” por parte de la patronal podrían desconvocar el paro durante la negociación.

El delegado de FCCMA en Teruel invitó antes de entrar en la sala de vistas número 4 del Palacio de Justicia de Teruel a que si los trabajadores “desconvocan la huelga, nos sentamos a negociar”. Sin embargo, los representantes del comité de huelga presentes en el Juzgado declinaron de nuevo ese argumento desconfiando de esa vía. Así, el propio representante legal de los empleados, el abogado Sergio Méndez, trató, antes del juicio, de acercar posturas asegurando que “si se mantiene una reunión y se viera por los trabajadores buena fe, se desconvocaría la huelga y nos sentaríamos a negociar”, para añadir que “son ellos (la empresa) los que ponen condiciones para sentarse a hablar”.

Sin haber alcanzado un acuerdo, en la Sala  participó también el Ministerio Fiscal al referirse la demanda de los trabajadores a una posible vulneración de los Derechos Fundamentales.

Planteamientos

En sus primeros planteamientos, el abogado de la compañía expuso sus dudas de  la competencia del Juzgado de lo Social. Según su planteamiento, y al tratarse de un conflicto entre los trabajadores y la Comarca, debería tratarse en la el Contencioso Administrativo. Por su parte, el argumento del letrado de los trabajadores en huelga se refería a la falta de comunicación por parte de la institución comarcal de la resolución en la que la institución comarcal estableció los servicios mínimos o de cualquier otra para con los empleados.

“A día de hoy (ayer) lo único que tenemos es una orden por parte de la empresa. Por eso lo planteo en el orden social. Porque una resolución de la Comarca no tengo”, justificó Víctor Méndez en referencia a que ni él como representante legal, ni los trabajadores habían recibido comunicación alguna desde la Comarca, a pesar de que la empresa sí adjunto una copia de la resolución de Presidencia en la comunicación que hizo a los empleados para informarles de los servicios mínimos que debían desarrollar durante la huelga, lo que fue recordado por la magistrada.

“Estoy impugnando la orden de la empresa en la que se establecen los servicios mínimos del 70 por ciento pero no nos han dicho qué hay que hacer”, añadió Méndez, quien denunció que para cumplir los servicios mínimos del 70 por ciento, los trabajadores debían trabajar seis días a la semana además de hacer horas extraordinarias, “lo que supone más de 100 por cien” y señaló que la resolución de la Presidencia de la Comarca del Jiloca no especifica a qué se refiere ese porcentaje por lo que entiende que ha sido la propia empresa”la que los ha decidido”.

Argumentación

El ministerio fiscal afirmó que comparte parte de la argumentación del demandante y expresó que encuentra falta de concreción en la resolución comarcal.

Además, la demanda de los trabajadores incluía la reclamación de una indemnización de 600 euros por día trabajado en concepto de “daños y perjuicios’ por haber excedido la jornada laboral.

El letrado de la empresa, José Luis González, defendió la declinación al entender  que la sala adecuada para dirimir este caso es la de los Contencioso Administrativo porque se pide la nulidad de los servicios mínimos recogidos en la resolución de la Presidencia de la Comarca., “porque es la Comarca la que determina los servicios mínimos que recurren los trabajadores”, aseveró, reclamando la suspensión del procedimiento.

Además, González insistió en que la empresa, que había asumido la gestión de la recogida de basuras el día 1 de agosto, recibió la convocatoria de huelga apenas 24 horas después “sin ningún tipo de convocatoria de negociación” en lo que calificó como “huelga ilícita” que, aseguró, “evidencia mala fe”. Además, el letrado de FCC recordó que los Derechos Fundamentales no son derechos absolutos, sino que están condicionados por otros derechos fundamentales, recordando los argumentos esgrimidos por la Comarca en la resolución en la que establecía los servicios mínimos.

También se refirió a que de los 9 trabajadores con que contaba el servicio de basuras subrogados de la anterior concesionaria, Aragonesa de Servicios, varios están de baja por incapacidad temporal por lo que “no se puede superar ese porcentaje del 70 por ciento porque no hay plantilla efectiva” y señaló que se está trabajando “a demanda” para cumplir los requerimientos que la Comarca marca a cada momento.

Testificales

Además de la documentación proporcionada por ambas partes, ayer ofrecieron su testimonio Antonio Muñoz, trabajador despedido por la empresa el viernes, miembro hasta entonces del comité de huelga, y el jefe de servicio y responsable del área del Jiloca, José L. Hernández.

Muñoz reconoció que recibió el cuadrante de trabajo con los servicios mínimos el primer día de huelga y que el encargado se lo comunicó el martes, 15 de agosto, sus turnos. “Es más que mi jornada. Para cumplir esos servicios mínimos tengo que hacer horas extras”, reconoció. También reconoció que en alguna ocasión se le ha ordenado “recoger revuelto el plástico y el cartón”.

A preguntas del abogado de FCC, Muñoz reconoció que junto al cuadrante, la empresa le envió la resolución comarcal así como que desde que la compañía FCC se hizo cargo del servicio el número de trabajadores de baja se ha incrementado. Y aunque fue preguntado por si se había abierto un canal de negociación con la empresa desde el 1º de agosto, Muñoz aseguró que “solo hemos intentado hablar en todo momento a través de nuestro abogado”.

Por su parte, el jefe de servicio responsable del área de Jiloca, José Luis Hernández, que aseguró que recibieron la resolución de la Comarca el sábado, 12 de agosto, y que “inmediatamente se comunicó a los trabajadores” con la “decisión unilateral” de la Comarca en cuanto a los servicios mínimos.

Sobre la plantilla, Hernández reconoció que “el personal de alta no alcanza para al 70 por ciento” señalado por la Comarca como servicios mínimos, por lo que “solo se recoge RSU” desde el día 14 y la “Comarca fija el criterio de los pueblos que más lo necesitan” (el servicio de recogida) en cada momento.

Además, el jefe de servicio señaló que tras la salida de la anterior concesionaria, en los pueblos había mucha basura por recoger por lo que los primeros días no fue un servicio normal.

Aún así, el abogado de los trabajadores reclamó los partes de trabajo para hacer la comparativa de las horas y turnos trabajados en una semana normal, previa a la huelga, frente a lo desarrollado por los trabajadores dentro de los servicios mínimos. La empresa, que apuntó que eso suponía un trabajo importante, se comprometió, a instancias de la magistrada, a tenerlo listo en cuatro o cinco días, a partir de cuando se activarán los plazos de alegaciones.

 

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