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La relación entre humanos y animales, una cuestión pendiente de regulación La relación entre humanos y animales, una cuestión pendiente de regulación
La futura Ley de Bienestar Animal regulará los derechos de los animales y las responsabilidades legales de sus poseedores. Sven Lachmann/Creative Commons

La relación entre humanos y animales, una cuestión pendiente de regulación

Jorge Moradell ofrece estes sábado una charla en El Castellar sobre la futura Ley de Bienestar Animal
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En España hay registrados trece millones de animales de compañía, un número que se eleva mucho más si tenemos en cuenta los animales no registrados, los animales utilizados en determinados sectores profesionales, o los animales que desempeñan trabajos. Actualmente está en vigor la Ley 17/2021 de Reforma del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. En el ámbito penal hay un proyecto de reforma del Código Penal en este sentido, y más a corto plazo está en trámite parlamentario el anteproyecto de Ley de Protección de Derechos y Bienestar Animal, cuya entrada en vigor está pensada para 2023.

Será una ley estatal administrativa de bases que regulará todo lo relativo a la tenencia, cría y venta de animales, y que establecerá una serie de mínimos que después las Comunidades Autónomas deberán desarrollar, de un modo igual o más garantista con los derechos de los animales.

Con el objetivo de explicar los principales cambios y cómo quedará el marco general, el fiscal de Medio Ambiente de Teruel Jorge Moradell ofrece este sábado, a partir de las 12 horas, una conferencia en el salón de actos del Ayuntamiento de El Castellar, a la que podrá asistirse gratuitamente.

En opinión de Moradell, la nueva legislación tratará de solventar las “carencias” que existen en la actual regulación, ya que considerando a los animales como “seres sintientes”, según las directrices europeas vigentes, los animales no solo son titulares de derechos con respecto a los humanos, sino también generadores de obligaciones.

Entre los primeros, la nueva Ley de Bienestar Animal sintetizará los derechos que ya recoge la Organización Mundial de la Salud Animal (OMSA), y que se refieren a alimentación, higiene, confort, alojamiento, o al derecho que tiene el animal de que la persona que es responsable de él le procure una vida más o menos acorde a su naturaleza. Y también en cuanto a “no ser sacrificados de forma gratuita y innecesaria, a que no tengan una carga excesiva de trabajo o sean sometidos a procesos de stress innecesarios”, explica Moradell.

Y en cuanto a las obligaciones que general los animales, Moradell distingue entre las del ámbito público, “que se refieren a la obligación que tiene la administración de contar con centros de acogida o tratamiento”, y las del ámbito privado, que tienen que ver con la responsabilidad ante daños causados por los animales”.

Entre otras cosas, la nueva Ley prevé un completo sistema de registro no solo para los animales que sean tenidos por personas, ya sea como animal de compañía o con otros fines, sino también para criadores y vendedores autorizados o incluso para profesionales de comportamiento animal, una nueva figura profesional que recoge la Ley, y que, una vez que desaparezca la figura de Animal Peligroso, como tal, será el encargado de dictaminar si un animal en concreto merece alguna consideración especial en cuanto a su tratamiento y a las medidas especiales de seguridad o de otro tipo.

Una de las cosas que llaman la atención del anteproyecto de Ley de Bienestar Animal en proceso, según Jorge Moradell, es que a partir de su aprobación será necesario un carnet para tener animales de compañía, que autorizará para tener hasta cinco ejemplares de una misma especie, excepto determinados casos como los peces. “La persona que tenga este animal tendrá la obligación de registrarlo y además deberá tener una titulación, un carnet, que se concederá tras una formación determinada ofrecida por personal titulado, encargados además de certificar si el animal es peligroso o no, o necesita algún tipo de régimen especial”.

Ese carnet será obligatorio para la mayor parte de los animales utilizados en el ámbito del ocio, de la actividad profesional o los considerados animales de compañía, haciendo excepciones puntuales con animales de pequeño tamaño como pájaros o peces, entre otros.

Existirá además un listado positivo de animales de compañía, que se considerarán de tal naturaleza, de forma que no estará permitida la tenencia de animales exóticos, raros, y mucho menos en peligro de extinción. De forma general, los criterios irán dirigidos a controlar los animales no autóctonos, para que no supongan un problema de salud pública o de seguridad pública -que no sean venenosos, por ejemplo-, y que no sean un problema para el medioambiente-especies consideradas invasoras-.

Otra modificación sustancial en la normativa será que quedará prohibida la cría de animales a particulares o la compra de animales en tienda, que según la dirección general de Derechos de los Animales “evitará la compra compulsiva de animales” y las posibles mermas del bienestar de los animales en los espacios de exposición comercial.

Además los actuales zoológicos se reconvertirán. Según Moradell, “los zoológicos del siglo XXI van a ser muy diferentes a lo que eran en sus orígenes, y tendrán que adaptarse a la modernidad”. Según el fiscal, se convertirán en centros de acogida y gestión de animales salvajes procedentes de la naturaleza o criados en cautividad por determinadas causas.

En cuanto a la tauromaquia, Moradell recuerda que queda  fuera del ámbito del anteproyecto de Ley porque tiene su propia regulación, aunque sí que regulará de forma estricta romerías, cabalgatas y actos lúdicos en los que participan animales. En ese sentido, Jorge Moradell admite que “está por ver si afectará y en qué sentido actividades como toros de cuerda o festejos fuera de coso taurino”, si bien otras costumbres tradicionales “en las que diferentes animales son torturados o sacrificados” serán difícilmente autorizables.

También se referirá Jorge Moradell en El Castellar a los perros de caza, que la nueva ley tratará como cualquier otro perro. El particular que tenga cinco de ellos deberá estar registrado como núcleo zoológico, y además como criador si quiere ejercer esa actividad, teniendo unas instalaciones adecuadas y reguladas, entre otros aspectos.

Moradell recuerda que una vez aprobada la norma habrá un régimen transitorio “que servirá para que todo se vaya adaptando poco a poco sin que resulte traumático, porque de otra forma quien tuviera más de cinco perros, por ejemplo, debería sacrificar el excedente al día siguiente de entrar en vigor la ley”.

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