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La empresa Expressair Aviation LTD solicita la suspensión cautelar de la licitación del hangar de pintura del Aeropuerto de Teruel La empresa Expressair Aviation LTD solicita la suspensión cautelar de la licitación del hangar de pintura del Aeropuerto de Teruel
Acceso al hangar de pintura del Aeropuerto de Teruel. Archivo

La empresa Expressair Aviation LTD solicita la suspensión cautelar de la licitación del hangar de pintura del Aeropuerto de Teruel

La compañía, disconforme con su exclusión, alega que no recibió notificación para subsanar los documentos
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Expressair Aviation Limited, cuya matriz es MAAS Aviation con sede en Dublín, ha solicitado al Consorcio del Aeropuerto de Teruel y al departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón que se suspenda cautelarmente el proceso de licitación para la concesión de dominio público para el uso privativo del hangar de pintura dado que está “en absoluta disconformidad” con su exclusión del mismo.

La empresa alega que no ha respondido al requerimiento de documentación efectuado por la mesa de contratación tras la apertura del primer sobre “por no haber recibido la notificación para la subsanación” por correo electrónico. Fuentes del Consorcio precisaron que estas comunicaciones se realizan únicamente a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP) y que pueden certificar que la licitadora abrió la comunicación, que se realizó en tiempo y forma, pero que presentó la documentación fuera de plazo.

Tras la inadmisión de Satys Sealing and Painting Spain por presentar la proposición fuera del plazo establecido en el anuncio de licitación y la de Expressair Aviation LTD por no haber presentado la documentación requerida, la única empresa admitida al proceso de licitación es International Aerospace Coatings LTD (IAC).

Administrador

El administrador único de Expressair Aviation, Timothy Macdougald, asegura que presentaron la oferta el 14 de septiembre (la fecha límite establecida) y que, “aparentemente” el 19 de septiembre se subió a la PCSP el requerimiento de subsanación, “pero no se recibió notificación de la misma en el correo electrónico para ello”. El 29 de septiembre, se notificó a la empresa su exclusión de la licitación y dada su “absoluta disconformidad”, solicitaron la suspensión del procedimiento de licitación.

“De acuerdo con el régimen de notificaciones previsto, este licitador debería haber recibido una notificación por correo electrónico del requerimiento de subsanación, pero la primera noticia que tuvo del eventual requerimiento de subsanación fue cuando se publicó el acta de la mesa, lo que ocurrió el 23 de septiembre, momento en el que el trámite figuraba como vencido en la plataforma y, por tanto, de imposible cumplimentación”, explicó. “Por este motivo, debería ser anulado el acto de exclusión y proporcionarse un nuevo trámite de subsanación”, añadió.

Fuentes del Consorcio comentaron al respecto que todas las comunicaciones con las empresas licitadoras se realizan a través de la plataforma y nunca a través de correo electrónico. Añadieron que tienen constancia, y que así pueden certificarlo, de que la empresa abrió la notificación pero no cumplió con los plazos de subsanación.

Las mismas fuente indicaron que, aunque tienen un mes para resolver las alegaciones de Expressair Aviation, tienen previsto responder a las mismas la próxima semana.

Defectos a subsanar

Macdougald insistió en que, aunque no se ha subsanado el requerimiento efectuado por no haber recibido la notificación de subsanación y no por interés en abandonar la licitación, su intención ha sido siempre la de participar, “que se mantiene firme y decidida”. Por eso, acompaña su escrito de alegaciones de toda la documentación requerida por la mesa de contratación.

Sobre los defectos a subsanar, explicó que la aportación de una copia autenticada del pasaporte del representante “resulta sorprendente” y que debería bastar con un Documento Nacional de Identidad vigente. En cuanto a la aportación del certificado acreditativo de experiencia, aseguró que no se acompañó “por error involuntario” dado que se subió el certificado de solvencia financiera en lugar del de la experiencia.

Por último, sobre la aportación de poderes bastanteados, entendieron que no era preciso debido a que el firmante de la licitación es un administrador de la compañía y puede firmar los documentos requeridos tanto para la oferta como, en su caso, la formalización de la concesión.

Por todo ello, pidió que se anule la resolución de exclusión y se proceda a la apertura y valoración del sobre dos (propuesta técnica) presentado por Expressair Aviation.

Esta empresa opera una red de once instalaciones ubicadas en Kaunas, Hamburgo, Maastricht, Fokker Woensdrecht y Mobile, que suman una capacidad de pintura de 490 aeronaves al año.

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