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El TSJA confirma la condena a prisión permanente revisable para Igor el Ruso El TSJA confirma la condena a prisión permanente revisable para Igor el Ruso
Imagen de archivo de Igor el Ruso durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Teruel. Bykofoto / Antonio García

El TSJA confirma la condena a prisión permanente revisable para Igor el Ruso

Los magistrados desestiman el recurso de apelación presentado por la defensa
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la condena a prisión permanente revisable y a 50 años de prisión dictada por la Audiencia de Teruel contra el criminal serbio Norbert Feher, Igor el Ruso, por los asesinatos  de dos guardias civiles y de un ganadero en un masico  en el municipio turolense de Andorra.

En su sentencia, hecha pública este viernes, los magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJA desestiman el recurso de apelación presentado por el abogado de Igor el Ruso contra la resolución de la Audiencia Provincial de Teruel y la confirman en todos sus términos.

Entre los distintos motivos de recurso presentados por la defensa de Feher, el tribunal no comparte el argumento de que no existe prueba de cargo, directa ni indirecta, porque los agentes de la Guardia Civil estaban armados y pudieron oponer resistencia eficaz al ataque ya que superaban en número a Feher.

Sobre este motivo, entiende el tribunal que la alevosía está presente en los tres homicidios dada la "inexistencia de probabilidades de defensa" que tenían estas personas, al haber sido atacadas por la espalda y desde su escondida posición, según informa el TSJA en nota de prensa.

Ensañamiento

Respecto al motivo de ensañamiento, consideran también que en el proceso quedó acreditado el deseo de causar un sufrimiento mayor a las víctimas, tanto porque se descargaron totalmente las armas sobre las víctimas como por la localización de algunos impactos de bala.

Por ello, concluyen que "se ha infligido en el presente caso un dolor singular a las víctimas, utilizando una metodología homicida cruel".

Además, sobre la alegación contra el delito de atentado al vestir de paisano los dos agentes y no usar su vehículo signos identificables, responden los magistrados que "aunque no están presentes tales circunstancias identificativas puede haber otras, como ocurre en este caso, que son valoradas por el Jurado y expuestas en la sentencia recurrida, y que conducen, sin lugar a dudas, al acusado a saber que estaba ante agentes de la autoridad cuando les dispara".

Disparos

Así, el tribunal entiende por tanto que ha quedado acreditado que "el acusado no albergaba ninguna duda sobre la condición de agentes de la Guardia Civil de sus víctimas cuando sin darles tiempo desenfundar sus armas, les dispara oculto desde detrás del vehículo, y luego los remata" por lo que desestiman también que el acusado pudiera haber actuado en legítima defensa como explica su abogado en el recurso.

Contra esta sentencia confirmatoria cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que se ha de presentar en el plazo de cinco días.

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