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El conductor que mató a una persona en La Puebla afronta hoy una petición de 23 años El conductor que mató a una persona en La Puebla afronta hoy una petición de 23 años
Acceso al Palacio de Justicia de Teruel, sede de la Audiencia Provincial

El conductor que mató a una persona en La Puebla afronta hoy una petición de 23 años

Una de las acusaciones aprecia que hubo dolo eventual
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El conductor que en noviembre del año pasado causó una muerte en un accidente de tráfico ocurrido en La Puebla de Valverde, por encontrarse en estado ebrio y bajo los efectos de las drogas, se sienta este martes en el banquillo de los acusados para enfrentarse a una petición de pena de cárcel de hasta 23 años. Será juzgado en la Audiencia Provincial por homicidio imprudente y una de las acusaciones aprecia que hubo dolo eventual. Esta parte argumenta que actuó de una forma irresponsable y que aunque no buscaba causar la muerte de la víctima, por su conducta asumía esa consecuencia y lo aceptó como tal.

En la tarde del pasado 12 de noviembre, el acusado, A. C. B., conducía una furgoneta por la carretera A-232, en el término municipal de La Puebla de Valverde, en estado ebrio y tras haber consumido drogas. No era la primera vez que lo hacía. En octubre de 2020 ya fue juzgado y condenado en Calamocha por conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas. En junio de 2021 volvió a ser condenado por un delito similar por el Juzgado de Instrucción número 3 de Teruel.

En aquellas dos ocasiones anteriores en que fue pillado por la Guardia Civil no hubo víctimas, pero el 12 de noviembre sí falleció una persona. El acusado, a consecuencia de los efectos del alcohol y las drogas, invadió el carril contrario cuando en ese momento circulaba un turismo con un único ocupante, contra el que embistió.

La víctima era un guardia civil en la reserva que había prestado servicio en el cuartel de Mora de Rubielos, localidad en la que seguía residiendo y donde era muy apreciado. A consecuencia de la colisión, falleció. El causante de su muerte se encuentra en prisión provisional desde entonces.

Este martes deberá hacer frente tanto a la Fiscalía como a la acusación particular, pero también a la Asociación Defensa Integral Víctima de Delito Especializada (Adive), personada en la causa como acusación popular.

En las pruebas de alcoholemia dio positivo con 0,77 y 0,78 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Triplicaba los niveles máximos permitidos. Pero además, en los test de drogas salió que había consumido cocaína y marihuana.

Penas de prisión

Tres de las partes personadas coinciden en calificar los hechos como un delito de homicidio por imprudencia grave al haber provocado el acusado la muerte de la víctima. La Fiscalía y la acusación particular, en representación de los familiares del fallecido, optan por la horquilla mayor que contempla el Código Penal; en el primer caso se piden 3 años de prisión y en el segundo 4. La legislación establece una penal de cárcel de uno a cuatro años.

La defensa reduce su petición por debajo del año y solicita 7 meses y medio de prisión. Alega varias circunstancias atenuantes. La primera de ellas la grave adicción a las drogas, la segunda la confesión, y la tercera la reparación del daño causado, ya que según argumentará en la vista trató de auxiliar al fallecido y llamó a los servicios de emergencia.

La acusación popular, representada por el abogado de la Asociación Defensa Integral Víctimas Delito Especializada (Adive), Jorge Piedrafita, va más allá y ha calificado los hechos en sus conclusiones provisionales como un delito de homicidio por dolo eventual del artículo 138 del Código Penal, por lo que solicita 15 años de prisión. A eso suma otros 5 por un delito de conducción temeraria con claro desprecio para la vida humana, y otros 3 años por un delito de daños en propiedad ajena, lo que en total suman 23 años. Las otras dos acusaciones también contemplan en sus escritos provisionales los delitos contra la seguridad vial.

En el caso de la acusación popular la pena solicitada llega a los 15 años porque es el máximo que contempla el Código Penal para el delito de homicidio, ya que el letrado Jorge Piedrafita considera que existe dolo eventual. Esta parte intentará demostrar durante el juicio que el acusado era consciente del daño que podía causar por su conducta de conducir ebrio y drogado, teniendo en cuenta además los antecedentes que tenía, pese a lo cual no desistió de hacerlo.

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