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Los abogados turolenses afrontan entre sus retos un nuevo marco normativo del turno de oficio Los abogados turolenses afrontan entre sus retos un nuevo marco normativo del turno de oficio
El decano del Colegio de Abogados de Teruel, Alfonso Casas, en su despacho

Los abogados turolenses afrontan entre sus retos un nuevo marco normativo del turno de oficio

Plantean "dignificar" las retribuciones de la justicia gratuita y ser remunerados por toda asistencia
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Los abogados turolenses afrontan entre sus retos un nuevo marco normativo del turno de oficio  y la justicia gratuita que dignifique las remuneraciones que perciben, una demanda común con el resto de colegiados del país, pero que en la España despoblada tiene una mayor incidencia por la extensión del territorio y la necesidad de garantizar los mismos servicios que en todas partes al tratarse de un derecho fundamental. Es una de las cuestiones que se abordaron la semana pasada en el XIII Congreso de la Abogacía Española celebrado en Salou, al que asistió el decano del Colegio de Abogados de Teruel, Alfonso Casas, quien reconoció que la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, que data de hace casi treinta años, está “obsoleta” y requiere de un nuevo texto legal, pero en el que “se cuente con los abogados”.

Fue una de las conclusiones a las que llegaron los abogados españoles en su congreso nacional, en un momento en el que hay mucho revuelo en la Administración de Justicia en el conjunto del país, con movilizaciones de funcionarios y amenazas de huelga de jueces y fiscales después de la protagonizada en el primer trimestre del año por los letrados de la Administración de Justicia (antiguos secretarios judiciales).

Alfonso Casas aseguró que el turno de oficio y la justicia gratuita es una “función social” y “todo el mundo tiene derecho a ser defendido”, y que a la Administración le corresponde asumir ese coste y “dignificar” el trabajo que hacen los abogados. Son unas reivindicaciones justas que además no son nuevas y están asumidas por el Consejo General de la Abogacía y los Colegios, además de llevar tiempo planteándose porque la ley que lo regula está obsoleta, si bien consideró que tampoco se puede pretender vivir solo del turno de oficio.

144 abogados ejercientes

En la provincia hay 144 abogados ejercientes colegiados, de los cuales unos 120 tienen despacho y en torno a algo menos de una sexta parte están en el turno de oficio de manera voluntaria. Aunque el territorio es amplio, no se ha llegado a dar la circunstancia de otras provincias en las que en determinados partidos judiciales de montaña no había voluntarios y entonces sí que tuvo que ejercerse de forma obligatoria para prestarlo.

Es un servicio en cualquier caso cuyo coste debe asumir la Administración, pero que a veces recae en los propios abogados del turno de oficio cuando después de prestarlo no se reconoce a determinadas personas la justicia gratuita, o estas se desentienden de tramitarlo como ocurre a veces con los juicios rápidos por delitos de seguridad vial por alcoholemias.

Casas explicó que en estos casos que se resuelven mediante juicios rápidos “es dificil localizar después a estas personas” para que realicen el trámite, cuando los abogados piden que sea suficiente con justificarlo para que se bonifique a los letrados y después la Administración se encargue de cobrarlo a esas personas.

En las conclusiones del XIII Congreso de la Abogacía se urgió a la modificación del marco normativo de la justicia gratuita y el turno de oficio, “instando a los poderes públicos para que, sin dilación, promuevan una nueva ley reguladora de la materia, contanto para ello con la dilatada experiencia de la abogacía”.

Criterios claros

Argumentaron que debe ser una reforma que establezca de “forma clara los criterios que han de reunir los acreedores del derecho a la justicia gratuita para así conseguir una homogeneidad en el ámbito estatal, evitando un desigual trato a los ciudadanos y ciudadanas derivado tanto de los cambiantes referentes legales para el reconocimiento del derecho, como por los dispersos criterios de las distintas instancias administrativas responsables de la concesión”.

La Abogacía española demanda también que las compensaciones económicas por las actuaciones realizadas alcancen los niveles retributivos ya existentes en determinados territorios, y que se garantice su revalorización con periodicidad anual. Casas explicó que la situación es muy diferente en unas comunidades y en otras, y que las que están en peor situación son aquellas en las que no se han transferido estas competencias, mientros que las que se encuentran en mejores niveles de retribución son el País Vasco y Navarra.

En Aragón, el decano del Colegio de Abogados de Teruel explicó que ahora se está negociando un nuevo baremo desde el año pasado, pero que el proceso ahora está parado. Lo que se pide no es ya que se equipare con una actuación particular que pueda ejercer el letrado, pero sí que “se dignifique esa retribución”.

Cuantías

Casas incidió en este sentido en que “hay que elevar claramente la cuantía que recibe el abogado por determinados procedimientos”, como por ejemplo cuando no se pagan las actuaciones en las que no ha sido reconocido el beneficio de la justicia gratuita. En estos casos el Consejo General de la Abogacía Española pide algún tipo de compensación.

El decano del Colegio de Abogados de Teruel aseguró que hay un porcentaje “significativo” de asistencias que no se cobran, por lo que demandan que hasta que no se apruebe una nueva ley reguladora de la asistencia jurídica gratuita, se incluya una disposición adicional en el proyecto de Ley del Derecho de defensa que actualmente está en tramitación.

Lo que piden los abogados del turno de oficio es una modificación del artículo 2 de la ley de Asistencia jurídica gratuita para que se incluyan como acreedores del beneficio también las personas jurídicas enjuiciadas penalmente, así como del artículo 30, de forma que se recoja de forma expresa que “la intervención de profesionales designados de oficio para la asistencia, defensa y representación gratuita será indemnizada en todo caso, incluso en aquellos supuestos en que no exista reconocimiento expreso del derecho a la asistencia jurídica gratuita”.

En Teruel, el turno de oficio que se presta con relativa frecuencia son las asistencias por violencias de género, así como por robos, lesiones o asuntos de salud pública.

 

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